La semana pasada el Ministerio de Trabajo aprobó un decreto supremo que elimina la tercerización laboral en actividades de "núcleo de negocio", ¿qué implica esto?
La semana pasada el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó un decreto supremo que prohibe a las empresas tercerizar empleos en actividades del "núcleo del negocio".
Sin embargo, antes de su aprobación y publicación un informe del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) advertía que la medida era inviable para el mercado peruano. ¿A qué se debió esto?
La abogada laboralista y ex viceministra de Trabajo, Beatriz Alva, señala que este decreto emitido por el MTPE es irregular pues modifica la Ley que Regula los Servicios de Tercerización (Ley Nº 29245), lo cual sería una violación el principio de la legalidad.
"A través de un decreto supremo no puedes modificar una ley, una norma de mayor jerarquía", señaló en RPP.
La especialista señala que la medida no cumple con las regulaciones propias del Poder Ejecutivo para emitir normas, pues existe una oposición del MEF a través de un informe técnico.
Además, Alva señala que para emitir este decreto no se ha cumplido con precisar la situación por la que se da esta modificación.
"No se ha cumplido con la obligación de precisar cuáles son las circunstancias con indicadores, con data fehaciente que genera que el Ministerio de Trabajo haga esta modificación", agregó.
¿Qué significa la tercerización?
Alva precisa que la tercerización de servicios significa que una empresa entrega a una tercera empresa especializada alguna etapa de su proceso productivo.
"La ley de tercerización es una norma que se emite en el marco de negociaciones con el tratado de libre comercio y esta busca regular de manera especificamente la tercerización de servicios", comentó.
¿Qué implica el decreto supremo?
El decreto aprobado elimina de manera parcial la tercerización laboral, pues restringe que las empresas puedan contratar a otras para realizar labores que forman parte de su proceso de producción.
Por ejemplo la actividad minera tiene varias etapas que son su actividad principal, como exploración, desarrollo, explotación, beneficio y otras actividades. Entonces una empresa minera puede decidir solo hacer la parte de exploración y entregar a otra empresas contratistas las otras etapas del negocio.
"¿Qué cosa es lo que está buscabdo este decreto que está en vigencia y que ha dado un plazo de 150 días para la adecuación? Esas actividades las tienes que hacer tu directamente", señaló Alva.
La laboralista sostiene, con data del MTPE, que esta medida podría afectar al 7% del empleo formal, es decir, alrededor de 200 mil trabajadores a nivel nacional.
Además también se verían afectadas alrededor de 3,000 empresas contratistas.
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