Las MyPE tienen facilidades no sólo tributarias, sino también en sus contrataciones laborales.
Al formalizar tu micro o pequeña empresa puedes acceder a un régimen de contratación laboral especial en el que se reducen los costos laborales. Ten en cuenta que se excluye de este régimen a los trabajadores sujetos a otros regímenes laborales especiales; a las empresas que se dediquen al rubro de bares, cantinas, o juegos de azar.
Tus trabajadores tendrán diversos beneficios: una jornada de trabajo máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales, 24 horas continuas de descanso semanal; en el caso de despido arbitrario, tienen derecho a una indemnización; a medio sueldo por año como Compensación por Tiempo de Servicio (CTS); a gratificaciones en julio y diciembre; a 15 días de vacaciones por cada año de trabajo o su parte proporcional; y también tienen derecho al pago de las vacaciones truncas.
Debes asegurar a tus trabajadores en el Seguro Integral de Salud (SIS) y afiliarlos al Sistema Nacional de Pensiones, al Sistema Privado de Pensiones – AFP, o al Sistema de Pensiones Sociales (SPS).
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