Este jueves, la Liga de Fútbol Profesional emitió un comunicado confirmando la información. Además, se manifestó que la fecha 3 se mantiene vigente.
La información que el pasado miércoles fue adelantada por RPP Noticias, este jueves fue confirmada. La Liga de Fútbol Profesional emitió un comunicado en sus redes sociales afirmando la suspensión de la segunda fecha del torneo peruano.
Aunque, inicialmente, el arranque de la Liga1 Betsson 2023 estaba programado para el 21 de enero, finalmente no se otorgaron las garantías por las protestas sociales que se viven en distintas localidades de Perú. De igual manera, la segunda jornada no obtuvo los permisos necesarios, por el mismo motivo.
Así, la Liga de Fútbol Profesional, ente encargado de la organización del campeonato local, manifestó en redes sociales que, "debido a la coyuntura social que vive el país y tomando en cuenta la disposición de las autoridades competentes, la fecha 2 de la Liga1 Betsson 2023 será reprograda y comunicada en su debido momento".
Por otro lado, también se informó que la programación de la tercera jornada se mantiene vigente, aunque sujeta a posibles modificaciones. Ello significa que, de obtenerse los permisos necesarios, el torneo peruano arrancará con la fecha 3. De lo contrario, podría ser postergada.
Programación de la fecha 3 de la Liga1 Betsson 2023
Viernes 3 de febrero
3:30 pm. Cusco FC vs Sport Huancayo - Estadio Inca Garcilaso de la Vega
Sábado 4 de febrero
11:00 am. Sport Boys vs Unión Comercio - Estadio Alberto Gallardo
1:00 pm. Atlético Grau vs FBC Melgar - Estadio Municipal de Bernal
3:30 pm. Universidad Técnica de Cajamarca vs Cienciano - Estadio Héroes de San Ramón
3:30 pm. Universitario vs Academia Cantolao - Estadio Monumental
7:00 pm. Deportivo Garcilaso vs Deportivo Binacional - Estadio Inca Garcilaso de la Vega
Domingo 5 de febrero
11:00 am. Deportivo Municipal vs Carlos A. Mannucci - Estadio Iván Elías Moreno
3:30 pm. Sporting Cristal vs Alianza Lima - Estadio Nacional
Lunes 6 de febrero
3:30 pm. Universidad César Vallejo vs Alianza Atlético de Sullana - Estadio Mansiche
Descansa: ADT
Medida cautelar fue modificada
A mediados de diciembre, la Federación Peruana de Fútbol solicitó una medida cautelar que, poco después, el Séptimo Juzgado Comercial de Lima falló a su favor. En ese documento, se ordenaba "a los emplazados, cualquier empresa ligada o vinculada a éstos, o cualquier otro tercero en general persona natural o jurídica, abstenerse de celebrar cualquier acto o negocio jurídico relacionaod adichos derehos de transmisión audiovisual".
Con esa resolución, el Consorcio del Fúbol Peruano argumentaba que ninguna casa televisora podía transmitir ningún partido. La FPF, por su parte, manifestaba que "reconoce y valida los contratos firmados por los clubes con el Consorcio Fútbol Perú (CFP) antes de la aprobación del actual Estatuto FPF y que tienen vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025 (Universitario de Deportes, C.A. Mannucci, Sport Boys y Centro Deportivo Municipal).
Poco más de un mes después, la mencionada medida cautelar fue modficada a pedido de la Federación Peruana de Fútbol. El nuevo expediente se publicó el miércoles 25 de enero por la noche, pero se dio a conocer este jueves. En el documento, emitido por el juez Juan Varillas Solano, se menciona ahora que solo podrán ser transmitidos aquellos partidos que cuenten con la aprobación expresa de la Federación Peruana de Fútbol.
A continuación, la modificación completa:
“SE ORDENA: SUSPENDER los efectos de todos y cada uno de los contratos y/o cualquier otro acto jurídico refreído a los derechos de transmisión audiovisual sobre todos y cualesquiera partidos de futbol disputados en territorio peruano ya se ade partidos amistosos u oficiales que haya sido celebrados por los codemandados o cualquier empresa ligada o vinculada a éstos o cualquier otro tercero en general persona natural o jurídica que no cuenten con autorización o aprobación expresa de la FEDERACION DEPORTIVA NACIONAL PERUANA DE FUTBOL decretando que dichos actos se suspenden frente a la solicitante hasta la conclusión del presente proceso”.
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