No hay ningún indicio que Roberto Martínez haya instigado a alguien a cometer el delito de interceptación telefónica, manifestó su abogado defensor.
Edward Sánchez, abogado defensor del exjugador de Universitario, Roberto Martínez, calificó de “gaseosa y sin fundamentos”, la acusación en contra de su patrocinado, indicando que no hay ningún indicio que indique que el deportista haya instigado a alguien a cometer el delito de interceptación telefónica.
Como es de conocimiento público, Martínez Vera Tudela, ha sido acusado por la cuarta Fiscalía Penal del Callao en su calidad de supuesto instigador de una interceptación telefónica en agravio de Félix Moreno Caballero, presidente regional del Callao.
Según la denuncia, el entonces gerente de la Juventud en el Gobierno Regional del Callao, habría actuado como “instigador”, y quien habría sido el autor material del delito sería Ernesto Augusto Torres Córdova.
En conversación con RPP Noticias, Sánchez manifestó que no ha encontrado ni un solo indicio que indique que Martínez haya instigado a que alguien a cometer el delito de interceptación".
"Esperamos que cuando llegue al juzgado, un juez probo y honesto determine que no hay lugar a esta acusación".
Explicó que la instigación es aquella que determina a alguien a cometer un delito. Habría que analizar cuáles son los indicios que ha tenido el fiscal para llegar a esta conclusión".
"Nosotros hemos seguido el proceso. Una de las imputaciones la propició el propio señor Moreno (presidente Regional del Callao) quien señaló que en una de sus oficinas encontró un micrófono".
Sin embargo, dijo, la interceptación se da cuando dos personas se entrelazan, un emisor y un receptor tienen una conversación y un tercero "pincha" la llamada.
Es decir, continúo el magistrado, un tercero que no participa de la comunicación se entera lo que están hablando.
"Esto no ha pasado en el tema del señor Moreno porque supuestamente dejaron un micrófono en su oficina. No hay sustento legal para la acusación. Este es un tema atípico, porque los delitos tienen que estar claramente tipificados.
Finalmente informó que una vez que el juez penal reciba el expediente, tiene 15 días para estudiar y ver si emite un auto de apertura de instrucción o un auto de no a lugar a la apertura de instrucción.
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