Especialista en derecho penal, Luis Lamas Puccio, explicó que según el artículo 176 del Código Penal, ese escenario constituye delito contra las buenas costumbres.
Hasta cinco años de prisión efectiva podrían recibir las personas que, en el contexto de los tradicionales juegos de carnaval, incurran en tocamientos indebidos en contra de terceros, advirtió el abogado especialista en derecho penal, Luis Lamas Puccio.
El letrado explicó que, según el artículo 176 del Código Penal, ese escenario constituye delito contra las buenas costumbres, referido a los actos contra el pudor, que en este caso son sancionados con una pena privativa de la libertad de entre los tres y los cinco años.
“Puede ser un problema demostrar que hubo tocamientos indebidos en la calle, pero la labor policial es fundamental para reconocer al autor del hecho”, comentó, al señalar que estos delitos pueden manifestarse en tocamiento de partes íntimas o en actos libidinosos.
En diálogo con la Agencia Andina, Lamas Puccio añadió que es importante que las autoridades policiales informen de manera periódica sobre la cifra de personas que son detenidas por estos hechos y cuántas ya han sido denunciadas.
De otro lado, el jurisconsulto indicó que, quien produzca lesiones graves contra terceros durante carnavales, puede recibir hasta ocho años de cárcel, siempre que el lesionado presente golpes o daños a la salud que requieran más de 30 días de asistencia médica.
Si el paciente requiere atención especializada por espacio de 10 a 30 días, se considera como lesiones leves e implica para el responsable de la agresión una pena privativa de la libertad de hasta dos años. “Hay leyes meramente simbólicas e irrelevantes”, acotó.
-Andina-
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