Juez supremo dijo que resolución aclaratoria solo fue para aclarar puntos divergentes como en lo que respecta a la tipificación de delito de lesa humanidad.
Consultado sobre la resolución aclaratoria en el que afirma que no comparte la ponencia de Javier Villa Stein y Josué Pariona que consideran que el grupo Colina no cometió delitos de lesa humanidad, el juez Jorge Salas Arenas señaló que el documento no pone en cuestión el fallo que rebajó las penas al grupo Colina.
“Nosotros no hacemos una resolución diferente, sino solamente estamos aclarando en los puntos en los que no estuvimos de acuerdo nunca, pero no estamos desmereciendo lo decidido ni lo resuelto”, expresó en diálogo con RPP Noticias.
Con respecto a la condena al destacamento paramilitar –Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Julio Salazar Monroe, Carlos Pichilingue, Santiago Martin Rivas, entre otros–, dijo que en la sentencia resolutiva no se remitió la cuestión del delito de lesa humanidad.
“No contenía en la parte del fallo ninguna cuestión relativa respecto al delito contra la humanidad. Estaba resuelto como delitos comunes. Se dice (delito de lesa humanidad) en la parte considerativa, pero no se resuelve en la parte resolutiva. Si se hubiera resuelto algo sobre eso, nosotros tendríamos que haber emitido una decisión de fondo sobre esa materia y al no haber, no estamos obligados (a hacerlo)”, arguyó el juez Salas Arenas.
EL DATO
Los jueces supremos Jorge Salas Arenas, Francisco Miranda Molina y Baltazar Morales Parraguez, de la Sala Penal Suprema, emitieron la resolución aclaratoria en el que consideran que el citado escuadrón de la muerte sí cometió crímenes de lesa humanidad.
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