La información que puede ser solicitada está referida a los antecedentes de sentencias condenatorias con calidad de cosa juzgada por delito doloso en el Perú.
Este jueves se publicó la ley que crea la ventanilla única de antecedentes para uso electoral, que brindará información a las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre sus posibles candidatos en los comicios en los que participen.
Según la norma, la información que puede ser solicitada está referida a los antecedentes de sentencias condenatorias con calidad de cosa juzgada por delito doloso en el Perú, que son solicitados al Poder Judicial.
Asimismo, certificados sobre órdenes de captura nacional e internacional vigentes o no vigentes e información sobre notificaciones de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), que son solicitados a la Policía Nacional del Perú (PNP).
De igual modo, antecedentes de sentencias condenatorias con calidad de cosa juzgada por delito doloso existentes en el exterior, que son solicitados al Ministerio de Relaciones Exteriores, e información por deudas en tributos, contribuciones, tasas, arbitrios o multas municipales.
También figuran las deudas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), y al Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (Redam), que es solicitada a las entidades correspondientes.
Además, se puede pedir información sobre bienes, que es solicitada a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), y sobre deudas contraídas con el Estado por concepto de reparación civil fijadas por sentencia judicial.
La ley, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que esta ventanilla está a cargo del JNE, entidad que podrá solicitar al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) soporte tecnológico para el funcionamiento de esta herramienta.
De acuerdo con dicha norma, los partidos políticos podrán solicitar ante la ventanilla única información sobre sus candidatos desde los 10 días hábiles antes de la convocatoria del proceso electoral en el que participen y hasta el cierre de la etapa de inscripción de postulantes.
Las entidades públicas están obligadas a remitir la información requerida por el JNE para la ventanilla única de antecedentes para uso electoral, bajo responsabilidad.
ANDINA
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