Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

Que es la Planilla Electrónica ?

rpp jorge portuguez
rpp jorge portuguez

Sabes quienes están obligados a aplicarlas en sus empresas ?

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Karina Gutiérrez.
Profesional de Servicios al Contribuyente de la SUNAT

Tema: Que es planilla electrónica, como funciona, quienes están en obligación de aplicarla en una empresa, quienes están exceptuados.

. ¿Que es la Planilla Electrónica?
 
Es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados por la SUNAT, en el que se encuentra la información de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes.

Obligados
  
Se encuentran obligados a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores que:

1.Tengan a su cargo uno (1) ó más trabajadores.
2.Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión, cualquiera fuera el régimen legal al cual se encuentre sujeto.
3.Contraten a un personal en formación – modalidad formativa laboral.
4.Cuenten con uno o más Personal de Terceros.
5.Cuenten con uno o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados al Sistema Nacional de Pensiones.
6.Se encuentran obligados a efectuar alguna retención de cuarta o quinta categoría.
7.Tengan a su cargo uno o más artistas, de acuerdo a lo previsto en la Ley N.° 28131.
8.Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud u otorguen servicios propios conforme a lo dispuesto en la Ley N.° 26790.
9.Hubieran suscrito con el EsSalud un contrato por SCTR.
10.Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA