El Tribunal Constitucional declaró improcedente el hábeas corpus en favor de Elena Yparraguire, cabecilla de Sendero Luminoso, que solicitaba reunirse con su esposo Abimael Guzmán.
El Tribunal Constitucional rechazó el hábeas corpus en favor de Elena Yparraguire, cabecilla de Sendero Luminoso, quien pedía realizar una visitar familiar a Abimael Guzmán Reinoso, líder de esta organización terrorista, preso en la Base Naval.
El recurso fue presentado por la defensa de ambos subversivos Alfredo Crespo, en contra del director del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Carlos Antonio Romero, a quien acusa de vulnerar el derecho a la vida familiar de los demandados por no autorizar el traslado de Yparraguirre Revoredo, presa en el penal de Ancón, hasta la Base Naval del Callao.
Sostiene que sus patrocinados se encuentran en distintos penales de Lima, tienen la condición de cónyuges y no se les permite un encuentro familiar hace más de un año.
Este recurso fue declarado improcedente previamente por el Cuadragésimo Sexto Juzgado Penal de Lima, decisión que ratificada por la Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Reos en Cárcel al considerar que no se agotó la vía previa para tramitar esta petición.
Los magistrados del TC indican que Yparraguirre presentó otro proceso de hábeas corpus ante el 37 Juzgado Penal de Reos Libres y que, tras la presentación de los dos recursos, se produjo una visita familiar de Elena Yparraguirre a Abimael Guzmán el 6 de diciembre de 2018.
Por ende, en opinión de los magistrados, se ha producido la sustracción de la materia al haberse cumplido el petitorio del hábeas corpus.
Elena Yparraguirre Revoredo y Abimael Guzmán Reinoso cumplen una condena de cadena perpetua por delitos de terrorismo.
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