Infractores deberán abonar el íntegro de la multa, que asciende a S/. 1,775, recordó la Policía de Tránsito.
Los conductores que sean multados por manejar un vehículo sin contar con la respectiva licencia de conducir no gozarán de ningún descuento en las papeletas, y por tanto, deberán abonar el íntegro de la multa, que asciende a S/. 1,775, recordó la Policía de Tránsito.
Héctor Dulanto, jefe de dicha unidad policial, explicó que para esa infracción no se aplica el beneficio del pronto pago, según el cual el conductor que comete una infracción cancela sólo el 17% de la multa, si efectúa el pago dentro de la primera semana.
Por el contrario, advirtió que el nuevo Código de Tránsito, además del pago de esa multa (que equivale al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria), dispone la retención del vehículo por un máximo de 24 horas, luego del cual podrá ser recogido por una persona con brevete.
Dulanto agregó que la persona sorprendida conduciendo un vehículo automotor sin brevete, quedará además inhabilitada por un año para obtener su licencia de conducir.
300 intervenidos sin brevete en Lima
Tras señalar que los operativos de la Policía de Tránsito son permanentes, Dulanto informó que sólo en agosto último se intervino en Lima a más desde 300 conductores manejando sus vehículos sin tener licencia de conducir o la declaración jurada, a modo de brevete temporal.
Detalló que durante la intervención policial, se pide al conductor los cinco documentos básicos: la licencia de conducir, el Documento Nacional de Identidad (DNI), el Certificado de Inspección Técnica, y el del Seguro Obligatorio Contra Accidentes de Tránsito (SOAT).
Adicionalmente, en el caso de vehículos con lunas polarizadas, el agente de Tránsito solicitará al conductor el permiso correspondiente para utilizar los vidrios oscurecidos.
-Andina
Héctor Dulanto, jefe de dicha unidad policial, explicó que para esa infracción no se aplica el beneficio del pronto pago, según el cual el conductor que comete una infracción cancela sólo el 17% de la multa, si efectúa el pago dentro de la primera semana.
Por el contrario, advirtió que el nuevo Código de Tránsito, además del pago de esa multa (que equivale al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria), dispone la retención del vehículo por un máximo de 24 horas, luego del cual podrá ser recogido por una persona con brevete.
Dulanto agregó que la persona sorprendida conduciendo un vehículo automotor sin brevete, quedará además inhabilitada por un año para obtener su licencia de conducir.
300 intervenidos sin brevete en Lima
Tras señalar que los operativos de la Policía de Tránsito son permanentes, Dulanto informó que sólo en agosto último se intervino en Lima a más desde 300 conductores manejando sus vehículos sin tener licencia de conducir o la declaración jurada, a modo de brevete temporal.
Detalló que durante la intervención policial, se pide al conductor los cinco documentos básicos: la licencia de conducir, el Documento Nacional de Identidad (DNI), el Certificado de Inspección Técnica, y el del Seguro Obligatorio Contra Accidentes de Tránsito (SOAT).
Adicionalmente, en el caso de vehículos con lunas polarizadas, el agente de Tránsito solicitará al conductor el permiso correspondiente para utilizar los vidrios oscurecidos.
-Andina
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