Dentro de dos semanas todos los trabajadores del sector público y privado del país que se conviertan en padres, gozarán de cuatro días de descanso remunerados.
Dentro de 15 días aquellos trabajadores del sector público y privado, así como los efectivos de las Fuerzas Armadas (FFAA) y de la Policía Nacional (PNP), que se conviertan en padres gozarán de la licencia por paternidad, que comprende cuatro días de descanso remunerados.
El titular de la Comisión de Trabajo del Congreso, Juan Carlos Eguren, señaló que el proyecto de ley aprobado esta tarde, por mayoría en el Pleno del Congreso, se enmarca dentro de los derechos amparados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
"Hemos planteado la licencia por paternidad en el caso que nazca un hijo, ya se en matrimonio o conviviente para que el padre pueda gozar de una licencia de 4 días para que sea el soporte de la madre, más aún cuando el parto se efectúa a través de una cesárea", comentó.
Eguren explicó que en breve el Ejecutivo promulgará la norma, que gozó de la aprobación por parte de los sectores Economía y Finanzas (MEF), Trabajo y Ministerio de la Mujer (Mimdes).
Respecto a las sanciones para con el empleador que incumpla este nuevo derecho, manifestó que los temas procesales son útiles y aplicables para todos los derechos.
La norma, aprobada por 72 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones, fija que el derecho adquirido es irrenunciable y no puede ser sustituido por pago en efectivo.
El titular de la Comisión de Trabajo del Congreso, Juan Carlos Eguren, señaló que el proyecto de ley aprobado esta tarde, por mayoría en el Pleno del Congreso, se enmarca dentro de los derechos amparados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
"Hemos planteado la licencia por paternidad en el caso que nazca un hijo, ya se en matrimonio o conviviente para que el padre pueda gozar de una licencia de 4 días para que sea el soporte de la madre, más aún cuando el parto se efectúa a través de una cesárea", comentó.
Eguren explicó que en breve el Ejecutivo promulgará la norma, que gozó de la aprobación por parte de los sectores Economía y Finanzas (MEF), Trabajo y Ministerio de la Mujer (Mimdes).
Respecto a las sanciones para con el empleador que incumpla este nuevo derecho, manifestó que los temas procesales son útiles y aplicables para todos los derechos.
La norma, aprobada por 72 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones, fija que el derecho adquirido es irrenunciable y no puede ser sustituido por pago en efectivo.
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