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El Gobierno retira las restricciones de aforo para ingresar a espacios cerrados

El decreto supremo amplía el estado de emergencia a nivel nacional durante 32 días.
El decreto supremo amplía el estado de emergencia a nivel nacional durante 32 días. | Fuente: Andina

El Decreto Supremo señala que a partir del lunes todos los mayores de 18 años que ingresen a espacios cerrados deberán acreditar que tienen esquema de vacunación, mientras los mayores de 40 años deberán contar también con la dosis de refuerzo.

El Gobierno retiró las restricciones de aforo impuestas a los comercios, centros de esparcimiento e instituciones desde la llegada de la pandemia de la COVID-19 al país, hace casi dos años, según se señaló en el Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, publicado este domingo.

La norma amplió el estado de emergencia nacional durante 32 días "por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19", pero ya no mencionó las restricciones que se imponían hasta el momento, que paulatinamente fueron incrementando los aforos de 40 %, 60 % y 80 %, de acuerdo con las características sanitarias de cada región.

Remarcó, sin embargo, que desde mañana, 28 de febrero, todos los mayores de 18 años que ingresen a espacios cerrados tendrán que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado el esquema de vacunación, mientras los mayores de 40 años deberán contar también con la dosis de refuerzo.

Las restricciones en los aforos comenzaron a imponerse durante el Gobierno de Martín Vizcarra (2018-2020), pero ante la reciente disminución del impacto de la tercera ola y la alta tasa de vacunación los diversos gremios empresariales solicitaron la habilitación del total de aforos.

 

Esa propuesta contó con la posición favorable de los ministerios de Salud (Minsa) y de Comercio exterior y Turismo (Mincetur), aunque organismos sanitarios nacionales e internacionales manifestaron sus reservas y alertaron que podía general un incremento de casos.

La norma recordó que durante el período de emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.

Entre las medidas que se mantendrán figura la obligatoriedad del uso de una mascarilla KN95 o dos simples, en espacios públicos abiertos y cerrados, y la suspensión de desfiles, fiestas y todas las reuniones que impliquen aglomeración de personas.

Personal de salud deberá tener dosis de refuerzo

Además, se indica que los trabajadores del sector salud deben contar con vacunación completa y la dosis de refuerzo para cumplir con sus labores de manera presencial "debido al alto riesgo de contagio y propagación de las variantes de la COVID-19".

También los viajeros deberán acreditar la pauta completa de vacunación o presentar una prueba molecular negativa con un máximo de 48 horas para los vuelos nacionales e internacionales, así como en el transporte interprovincial terrestre.

El Minsa informó, por su parte, que el Gobierno estableció "medidas extraordinarias" que le permitirán ampliar sus servicios y contar con la disponibilidad de recursos humanos para mantener la capacidad operativa del sistema sanitario frente a la pandemia.

 

La COVID-19 en Perú

La COVID-19 ha dejado el trágico récord en Perú de ser el país con la tasa de mortalidad más alta del mundo, al haber muerto hasta el momento 210 407 personas y sumar un total de 3 512 404 casos.

Las autoridades sanitarias informaron que en las últimas horas se registraron 3 820 nuevos casos y otras 50 personas fallecieron por la COVID-19 en el país, mientras que hay 2 196 hospitalizados, 1 024 de las cuales permanecen en unidades de cuidados intensivos (UCI).

El país se encuentra en pleno descenso de la tercera ola de contagios y a las puertas de la vuelta a las escuelas, cuando se espera que los menores, que llevan desde diciembre de 2019 sin ir al colegio, puedan volver a las clases presenciales.

(Con información de EFE)


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