En una entrevista con el programa 'Nada está dicho' de RPP, el magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Eloy Espinosa-Saldaña, desmintió al congresista de Acción Popular, Manuel Merino, quien dijo que el organismo ratificó la constitucionalidad del proceso de vacancia en contra de Martín Vizcarra. "Está equivocado diametralmente", sostuvo.
El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Eloy Espinosa-Saldaña, desmintió al congresista de Acción Popular, Manuel Merino, quien dijo que el organismo ratificó la constitucionalidad del proceso de vacancia en contra del exmandatario Martín Vizcarra.
En una entrevista con el programa Nada está dicho de RPP, señaló que Merino, que ejerció la Presidencia de la República por apenas cinco días, "no tiene razón" y "está equivocado diametralmente".
"[El TC] no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto, no ha ratificado el comportamiento del congresista Merino, del señor [Ántero Flores] Aráoz, ni del ministro del Interior de ese momento [Gastón Rodríguez]", sostuvo Eloy Espinosa-Saldaña.
En septiembre pasado, el exmandatario Martín Vizcarra interpuso ante el Tribunal Constitucional una demanda competencial ante el primer intento de vacancia por el escándalo del caso 'Richard Swing'.
"Lo importante es que aquí nosotros, como tribunal, debimos resolver cuál es el contenido material de grave y permanente incapacidad moral y evaluar si los comportamientos que se habían dado respondían a eso o no, como plantearon nuestros tres votos singulares: el mío y el voto compartido de los magistradas [Marianella] Ledesma y [Carlos] Ramos", explicó.
Eloy Espinosa-Saldaña refirió que los otros integrantes del TC, Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume, José Luis Sardón, que declararon improcedente la demanda competencial, señalaron que no se podían pronunciar en torno a la vacancia presidencial, "porque ya no hay materia que discutir".
En efecto, en su sentencia, el organismo constitucional expresó: "No corresponde a este Tribunal emitir un pronunciamiento sobre la pretensión objeto del presente proceso, por cuanto a la fecha se ha producido la sustracción de la materia controvertida".
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