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Mininter: Están prohibidos los eventos masivos y reuniones sociales este 31 de octubre

El Ministerio del Interior se pronunció en torno a la realización de posibles fiestas o eventos sociales el 31 de octubre.
El Ministerio del Interior se pronunció en torno a la realización de posibles fiestas o eventos sociales el 31 de octubre. | Fuente: Andina

El Ministerio del Interior advirtió sobre procedimientos sancionadores contra "todos aquellos agentes que organizan concentraciones públicas, políticas, sociales, espectáculos públicos deportivos y no deportivos que no cuenten con las garantías inherentes al orden público".

El Ministerio del Interior precisó que están prohibidos los eventos masivos y reuniones sociales el domingo 31 de octubre, fecha en la que se celebra el Día de la Canción Criolla y la fiesta de Halloween.

Asimismo, el Sector advirtió de procedimientos administrativos y sanciones en caso de incumplimiento.

Mediante un comunicado, recordó que por decreto supremo publicado el pasado 10 de julio, se dispuso la prohibición de todo tipo de evento masivo (desfiles, carnavales, fiestas patronales, fiestas costumbristas y actividades civiles), así como cualquier forma de reunión, evento social, político, cultural y otros, que implique la concentración de personas.

Asimismo, no están permitidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en domicilios y visitas familiares, debido a razones sanitarias por la COVID-19.

"En cumplimiento de esta norma y ante el anuncio sobre la realización de Fiestas Halloween, la Dirección de Autorizaciones Especiales y Garantías de la Dirección General de Gobierno Interior informa que no ha emitido ninguna resolución otorgando permisos para estas actividades, ni para ninguna otra concentración social que conlleve a aglomeración de personas", indican.

Procedimientos sancionadores

Además, se precisa que dicha dirección está facultada a iniciar procedimientos sancionadores contra todos aquellos agentes que organizan concentraciones públicas, políticas, sociales, espectáculos públicos deportivos y no deportivos que no cuenten con las garantías inherentes al orden público.

Refieren que las mencionadas garantías son medidas de protección que otorga el Estado a la ciudadanía, para que la autoridad pública garantice la integridad de la población que participa en el lugar de concentración.


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