Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Papá Lab
EP01 | T1 | Derribando los mitos de la alimentación en el embarazo con Gerson Rossinelli y Erika Mora | PAPÁ LAB
EP 1 • 38:06
Metadata
METADATA |E241: Lo nuevo de Motorola desde México, aterriza Infinix y nos ponemos tecnofanáticos
EP 241 • 40:31
Nutriagenda
EP25 | Qué es el gluten y cuándo eliminarlo de la dieta
EP 25 • 36:19

Multarán con S/. 350 mil a colegios privados que realicen cobros indebidos

Foto: ANDINA
Foto: ANDINA

Colegios privados no deben condicionar la matrícula a contratación de un seguro contra accidentes ni exigir pagos extraordinarios, afirma Ministerio de Educación.

El viceministro de Gestión Institucional, Víctor Díaz Chávez, advirtió que se multará con 350 mil soles (100 UIT) a los centros educativos privados que atenten contra la Ley de Protección a la Economía  Familiar respecto al pago de pensiones y matrícula escolar.

Recordó que las autoridades educativas tienen la obligación de brindar información a los padres de familia, en forma escrita, veraz, suficiente y apropiada, sobre el costo de las matrículas y el pago de pensiones.

"Para el cobro de las pensiones, los centros y programas educativos privados están impedidos de usar fórmulas intimidatorias que afecten el normal desenvolvimiento del desarrollo educativo y de la personalidad de los alumnos", manifestó.

La Ley, en su artículo 14 señala que "antes de cada matricula, los centros y programas educativos privados están obligados a brindar información relacionada al monto, número y oportunidad de pago de las pensiones, así como los posibles aumentos".

Díaz Chávez indicó también que las pensiones serán una por cada mes de estudios, pudiendo establecerse por concepto de matrícula un monto que no podrá exceder al importe de una pensión mensual de estudios.

Los colegios privados no deben cobrar junto con la matrícula la pensión de enseñanza, tampoco condicionar la matrícula a la contratación de un seguro contra accidentes o de otro tipo, ni exigir pagos extraordinarios de ninguna naturaleza.

Los padres de familia tampoco podrán ser obligados a efectuar el pago de una o más pensiones mensuales adelantadas.

En el 2007, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso multas por 254 mil 450 soles (equivalentes a 72,7 UIT) a 96 centros educativos.

En marzo del año pasado, el Indecopi reportó 586 quejas de infracciones a la Ley de Protección al Consumidor en procesos de matrícula de colegios privados de la capital.

Del total de estas quejas, 191 se referían al cobro de pensiones adelantadas, 167 referidas a cobros extraordinarios que no tenían la autorización del Ministerio de Educación, como por ejemplo materiales didácticos, separatas, rifas, bingos, entre otros.









Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA