Hoy se oficializó la Ley que Fomenta la Reinserción Escolar en caso de embarazo, que prohíbe la expulsión o limitación del acceso al régimen escolar a las alumnas.
Hoy se oficializó la Ley que Fomenta la Reinserción Escolar en caso de embarazo, que busca garantizar la equidad en la educación y prohíbe expresamente la expulsión o limitación del acceso al régimen escolar a las alumnas embarazadas o madres.
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, establece que con el fin de garantizar la equidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán adecuar la prestación de servicios educativos a las necesidades de las poblaciones, con especial énfasis en el apoyo a los menores que trabajan y a las alumnas embarazadas o madres.
Asimismo, deberán establecer un sistema de becas y ayudas para garantizar el acceso a la continuidad de los estudios de las estudiantes embarazadas o madres.
En todos los casos, proceden las becas o ayudas siempre y cuando destaquen en su rendimiento académico y no cuenten con recursos económicos para cubrir los costos de su educación.
También se indica que las instituciones educativas quedan prohibidas de expulsar o limitar de algún modo el acceso al régimen escolar de las alumnas embarazadas o madres, y están obligadas a generar indicadores sobre su avance en la aplicación de métodos para prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación por razón de embarazo o maternidad.
Tales indicadores deberán ser de dominio público y difundidas en el portal web del Ministerio de Educación, dispone la Ley.
La reglamentación de esta norma, a cargo del Poder Ejecutivo, tendrá un plazo de 60 días contados desde mañana.
La Ley lleva la rúbrica del presidente del Congreso de la República, César Zumaeta Flores, y de la segunda vicepresidenta del Legislativo, Alda Lazo de Hornung.
La publicación y cumplimiento es dispuesta por el Presidente de la República, Alan García Pérez; y el titular del Consejo de Ministros y ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo. Andina
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, establece que con el fin de garantizar la equidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán adecuar la prestación de servicios educativos a las necesidades de las poblaciones, con especial énfasis en el apoyo a los menores que trabajan y a las alumnas embarazadas o madres.
Asimismo, deberán establecer un sistema de becas y ayudas para garantizar el acceso a la continuidad de los estudios de las estudiantes embarazadas o madres.
En todos los casos, proceden las becas o ayudas siempre y cuando destaquen en su rendimiento académico y no cuenten con recursos económicos para cubrir los costos de su educación.
También se indica que las instituciones educativas quedan prohibidas de expulsar o limitar de algún modo el acceso al régimen escolar de las alumnas embarazadas o madres, y están obligadas a generar indicadores sobre su avance en la aplicación de métodos para prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación por razón de embarazo o maternidad.
Tales indicadores deberán ser de dominio público y difundidas en el portal web del Ministerio de Educación, dispone la Ley.
La reglamentación de esta norma, a cargo del Poder Ejecutivo, tendrá un plazo de 60 días contados desde mañana.
La Ley lleva la rúbrica del presidente del Congreso de la República, César Zumaeta Flores, y de la segunda vicepresidenta del Legislativo, Alda Lazo de Hornung.
La publicación y cumplimiento es dispuesta por el Presidente de la República, Alan García Pérez; y el titular del Consejo de Ministros y ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo. Andina
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