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TC admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad contra ley de devolución de aportes de la ONP

Pleno del TC sesionó esta mañana.
Pleno del TC sesionó esta mañana. | Fuente: Foto: Andina

Un día antes el Ejecutivo presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el TC contra ley de devolución de la ONP. Pleno de este organismo eligió como ponente al magistrado José Luis Sardón de Taboada.

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El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad contra ley de devolución de aportes de la ONP. El Pleno de este organismo, en sesión realizada esta mañana, también eligió como ponente al magistrado José Luis Sardón de Taboada.

El pasado miércoles el Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31083, que establece un régimen especial facultativo para la devolución de fondos a los aportantes activos e inactivos bajo el decreto ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

En esta demanda, que fue presentada por el procurador Luis Alberto Huerta Guerrero, se alega que la ley que dispone la devolución de los fondos administrados por la ONP afecta el derecho como el acceso a una pensión de los adultos mayores y el carácter intangible de dichos recursos.

En el acción planteada se indica que el dispositivo debilita el Sistema Nacional de Pensiones, que funciona como un “fondo de reparto solidario”, en donde el otorgamiento de pensiones a los actuales pensionistas se financia con lo recaudado por el aporte de los afiliados activos. "Si este fondo se emplea para dar cumplimiento a la ley, se pondría en riesgo el pago de pensiones", advierte el Ejecutivo.

El Gobierno sostiene, además, que la norma promulgada por el Congreso va contra el artículo 43 de la Constitución, que reconoce el principio de separación de funciones, que comprende la obligación de cooperación entre órganos constitucionales. "La ley ha sido emitida al margen de la interacción que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas que tienen impacto en la economía del país", cuestiona.

¿CUÁNDO SE CONOCERÁ EL FALLO?

El constitucionalista Alejandro Rospigliosi estimó que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre esta demanda de inconstitucionalidad podría conocerse en un plazo no menor de tres o cuatro meses.

"El Tribunal la va a analizar, la admitirá a trámite y luego notifica al Congreso para que, a través de su procurador de defensa de las leyes, la responda. El Congreso tiene hasta 30 días hábiles, no calendario”, comentó en RPP.

El experto indicó que, durante este tiempo, hasta que el TC emita su fallo, el Gobierno debe cumplir con la ley de devolución de aportestal como reconoció ayer la jefa del Gabinete, Violeta Bermúdez.

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