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Procuraduría presenta ante el TC una demanda contra 14 leyes del Congreso sobre demarcación territorial

El Tribunal Constitucional es el órgano de la interpretación y control de la constitucionalidad.
El Tribunal Constitucional es el órgano de la interpretación y control de la constitucionalidad. | Fuente: Andina

En la demanda presentada se sostiene que el Congreso ha afectado la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo para presentar proyectos de ley sobre creación de nuevos distritos, reconocida en el artículo 102, numeral 7, de la Constitución.

La Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, en representación del Poder Ejecutivo, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra catorce leyes sobre demarcación territorial aprobadas por el Congreso de la República entre los meses de marzo y mayo de 2021.

Las leyes cuestionadas ante el TC se refieren a la creación de los distritos de Ahuayro (Apurímac); Unión Progreso, Putis, Río Magdalena, Ninabamba y Patibamba (Ayacucho); Kumpirushiato, Cielo Punco, Manitea y Unión Asháninka (Cusco); Cochabamba (Huancavelica); Santa Lucía (San Martín); y, Huipoca y Boquerón (Ucayali).

En la demanda presentada se sostiene que el Congreso ha afectado la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo para presentar proyectos de ley sobre creación de nuevos distritos, reconocida en el artículo 102, numeral 7, de la Constitución.

“Entre otros aspectos, la legislación sobre demarcación territorial exige que para crear nuevos distritos se cuente con un informe favorable por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, que en todas las leyes que se impugnan, no se ha dado”, explicó el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Alberto Huerta Guerrero.

Asimismo, el procurador Huerta expresó que “se espera que en este caso el Tribunal Constitucional le dé la razón al Poder Ejecutivo, de modo tal que el Congreso no apruebe otras normas de creación de distritos sin el debido sustento técnico y económico, respetándose el principio de separación de poderes previsto en la Constitución”.

Luego de haber presentado la demanda, corresponde que el TC se pronuncie sobre su admisibilidad y la remita al Congreso de la República para que proceda a contestarla.

(Andina)

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