La norma advierte que los vehículos que no cuenten con la Placa Única Nacional de Rodaje serán considerados como unidades sin placas y se aplicarán sanciones a sus conductores.
Los conductores que prestan servicio de transporte público de pasajeros en todo el país deberán cambiar las placas antiguas de sus vehículos por la Placa Única Nacional de Rodaje a partir de setiembre de este año.
De acuerdo con el decreto supremo 033-2011-MTC, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que modifica el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, los vehículos cuyo número de placa termine en dígito 0 o 1 deberán efectuar el cambio entre setiembre y octubre de 2011.
En tanto, aquellos con placas de rodaje cuyo número termine en dígito 2 o 3 deberán realizar el mismo procedimiento entre noviembre y diciembre de este año, pero si termina en 4 o 5, se deberá ejecutar lo propio entre enero y febrero de 2012.
Las unidades con números de placa que terminen en 6 o 7, y 8 o 9 también deberán cambiarla entre marzo y abril de 2012, y entre mayo y junio de ese año, respectivamente, según el cronograma establecido en el Decreto Supremo.
Este dispositivo legal aclara que los vehículos que no tengan la Placa Única Nacional de Rodaje luego de los plazos indicados, serán considerados como unidades sin placas y merecerán la sanción correspondiente de acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito.
ANDINA
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