La Corte Superior de Justicia del Callao condenó a Arturo Barreto Soto a 30 años de prisión por abusar sistemáticamente de su sobrino, bajo amenazas de muerte, desde que éste tenía 5 años
La Corte Superior de Justicia del Callao condenó, de manera unánime, a 30 años de cárcel a Arturo Barreto Soto por el delito de abuso sexual de menores de edad en agravio de su sobrino de iniciales J.L.M.B.
Según la acusación, el agresor cometió el delito de manera sistemática durante 10 años, desde que el menor tenía 5 años de edad.
Bajo amenazas
El Juzgado Penal Colegiado Subespecializado en Delitos de Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la referida instancia judicial determinó que el sujeto agredía sexualmente al menor cuando la madre de este salía a trabajar y lo dejaba a cargo del cuidado de la víctima.
El agresor sometía al menor con amenazas de muerte contra él y su madre, situación que se repitió durante 10 años, hasta que la víctima cumplió 15 años y decidió contarle a su madre lo que sucedía en su ausencia. Ante ello, la mujer hizo la denuncia en la comisaría del sector.
Producto de estos hechos delictivos, el agraviado presenta indicadores de afectación psicológica, afectiva, cognitiva y conductual, como baja autoestima, problemas de identidad sexual, bajo rendimiento académico, aversión sexual y hostilidad.
Debido a estos agravantes y a las pruebas contundentes de los vejámenes contra la víctima, el tribunal del Poder Judicial del Callao, integrado por los magistrados John Oré Juárez, Miguel Ángel García Flores y Edson Kleivis Rosales Márquez, decidió la sentencia unánime contra Barreto Soto. Además dispuso el pago de S/ 10 000 soles como concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada.
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La legisladora dijo que hubo intereses económicos detrás del proyecto aprobado por insistencia en el pleno del Parlamento. En cambio, el legislador Alex Paredes, del oficialista Bloque Magisterial, justificó el respaldo de su grupo a la insistencia del proyecto pese a que el Gobierno observó la ley.
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