Alcances del decreto legislativo 1194 rubricado por el Ejecutivo se implementará desde el próximo domingo a nivel nacional en fiscalías. Vigencia entra desde las cero horas.
En aplicación al Decreto Legislativo 1194, a partir del próximo domingo, el autor de un acto delictivo en flagrancia sea este por hurto, robo, violación, homicidio u otros serán intervenidos inmediatamente por el Ministerio Público o dentro de las 24 horas, del acto perpetrado.
Así lo dio a conocer, Max Bengoa Valdeiglesias, fiscal adjunto, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Coroporativa del Distrito de Santiago, en Cusco, quien sostuvo, que tras la intervención del inculpado, se procederá a realizar “inmediatamente” las diligencias del caso, con el fin de ponerlo a la brevedad posible a disposición del Juzgado correspondiente de su jurisdicción.
Esta disposición, según indica, entrará en vigencia desde las cero horas, del 29 de noviembre y se aplicará a nivel nacional.
Al respecto, el fiscal Max Bengoa expresó su preocupación, por cuanto, el aspecto operativo que deberá implementarse para la aplicación de la norma, será uno de los principales problemas ya que por ejemplo, en un caso de homicidio culposo, causado por un sujeto ebrio, los resultados de las pruebas de alcoholemia, “no se podrían” entregar en un plazo menor de 24 horas en la "sanidad de la Policía Nacional del Perú ” u obtener los informes necesarios en el “Instituto de Medicina Legal”, dijo.
Nosotros acataremos la disposición, y nuestra primera prueba será el domingo desde las cero horas, finalizó en habla El Sur de RPP Noticias.
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