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Proponen que aeropuerto de Chinchero se ejecute como obra pública

Congresista Armando Villanueva Mercado ( Acción Popular)
Congresista Armando Villanueva Mercado ( Acción Popular) | Fuente: Congreso de la República)

Proyecto de Ley fue presentado por el congresista Armando Villanueva Mercado.



El congresista Armando Villanueva Mercado, presentó un Proyecto de Ley, que declara que el contrato de concesión para la construcción del aeropuerto internacional de Chinchero (Cusco), no constituye una Asociación Pública Privada (APP)y dispone que se ejecute como obra pública en el país.

 La iniciativa legislativa con el Nro. 1452, contiene tres artículos y una disposición Transitoria.

Primer artículo:

El primer artículo del proyecto fundamenta que el contrato de concesión para la construcción del aeropuerto ya no constituye una Asociación Pública Privada, al haberse variado los términos del contrato original, con la firma de la Adenda Nro. 1 del Decreto Legislativo 1224 de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en activos y y su reglamento

Los mismas señalan que las Asociaciones Público Privadas son modalidades de participación de la inversión privada en las que se distribuyen  riesgos y recursos “preferentemente  privados”; y que “ no” son Asociaciones Público Privadas los proyectos cuyos único alcance sea la provisión de la mano de obra, de oferta e instalación de equipos, construcción o ejecución de obras públicas, ni la explotación y/o mantenimiento de activos de dominio privado del Estado.

Recordemos aun que  hasta la fecha la adenda suscrita no fue derogada ni anulada,  tal como recomendó la Contraloría, por lo que ésta continúa vigente para efectos legales.

Segundo artículo:

En el segundo artículo dispone que su ejecución esté a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a recursos públicos ya presupuestados para  dicho proyecto; también deberá evaluar que el movimiento de tierras y la construcción del terminal sean compatibles tanto en su aspectos arquitectónicos  como de ingeniería con los parámetros patrimoniales aplicables a Chinchero.

Asimismo establece, la iniciativa parlamentaria que los bienes, servicios, obras y consultorías  se someterán a control estatal antes y después de su desarrollo y que las personas naturales y jurídicas que contraten deberán precisar mediante una declaración su situación legal, vale decir si están inmersos o no  en procesos contra la administración pública y si fueron o no consentidas. De establecerse falsedad, el contrato sería resuelto.

Para la construcción del aeropuerto de Chinchera, indican, es aplicable la modalidad de ejecución  contractual Concurso- Oferta, bajo el sistema de Precios Unitarios, el mismo que implica la elaboración del expediente  técnico y la ejecución de la obra por parte del contratista, para este caso, el MTC deberá emitir un informe técnico.

Tercer artículo y otros

El tercer artículo, contempla la convocatoria a nivel internacional para designar al operador que se encargue de la administración y mantenimiento del futuro terminal.

De aprobarse, este proyecto,  el MTC tendrá un plazo para su aplicación de 60 dias bajo responsabilidad.

 

 


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