Contraloría General precisa que evaluará condiciones financieras iniciales de Contrato de Concesión.
La Contraloría General, en el ejercicio de sus atribuciones previstas en el literal l) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, emitió informe previo respecto de los aspectos financieros que sustentaron la versión final del Contrato de Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero – Cusco.
Asimismo, cabe precisar que el Informe Previo N° 00027-2014-CG/CPRE del 4 de abril de 2014, no constituye en sí mismo una autorización o aprobación sobre la operación materia de análisis, sino la verificación de la documentación sustentatoria de las opiniones favorables presentadas y de adecuación al marco legal aplicable.
En dicho informe previo, se formularon recomendaciones para que las entidades públicas involucradas (Ministerio de Transportes y Comunicaciones, PROINVERSION, OSITRAN y CORPAC) en el proceso de promoción, las evalúen y adopten las acciones que correspondan.
La Dirección General de Concesiones en Transportes del MTC, en su condición de Concedente, a solicitud de la Contraloría, informó el 12 de setiembre de 2016, sobre el estado situacional del trámite de autorización de los términos financieros del Endeudamiento Garantizado Permitido (EGP) del Contrato de Concesión presentado por el Concesionario.
Asimismo se indica que en base a estos datos, la Contraloría en el marco del control simultáneo, emitió el 12 de octubre de 2016 una Orientación de Oficio en la cual se advirtieron algunas consideraciones referidas al cierre financiero del proyecto y se planteó a dicho Sector disponer las acciones de gestión que considere pertinentes.
Como resultado de ello, el día 30 de enero de 2017 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó a la Contraloría de las acciones implementadas por dicha entidad, adjuntando una copia del texto del proyecto de Adenda N° 1.
Solicita informe de modificaciones a contrato de concesión
Cabe precisar que de acuerdo al marco normativo vigente en materia de Asociaciones Público Privadas, APP, este Organismo Superior de Control no forma parte de las entidades que evalúan y emiten opinión respecto a las modificaciones contractuales en los contratos de APP.
Sin embargo, considerando que con la referida adenda se estarían modificando las condiciones financieras previstas inicialmente en el Contrato de Concesión, la Contraloría en el marco de sus competencias, realizará el requerimiento de la información que sustente dichas modificaciones para la evaluación correspondiente.
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