Mediante la Resolución N° 38 la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque declaró admisible el recurso de casación excepcional
El recurso de casación excepcional interpuesto por la defensa del empresario Edwin Oviedo contra la Resolución N° 37 del veintiséis de marzo del presente año, fue declarado admisible por la Primera Sala Penal de Apelaciones de Chiclayo.
La resolución 37 a la cual Oviedo presentó recurso de casación excepcional, inaplicó la sentencia de la Corte Suprema que concedía al Ministerio Público un plazo de cinco días hábiles para precisar la imputación hacia el empresario por el cual se le incorporó sin ningún elemento de convicción en el caso “Wachiturros”.
El abogado de Edwin Oviedo, Carlos Isla Montaño indicó que el representante de la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada, Juan Carrasco Millones, incumplió la sentencia de la Corte Suprema y omitió precisar los cargos imputados al empresario y pueda este, realizar su defensa.
Isla remarcó que ello obligó al presidente de la Federación Peruana de Fútbol a interponer una tutela de derechos, por vulneración al derecho a la defensa e imputación necesaria, la misma que fue declarada fundada mediante Sentencia Casatoria N° 326 - 2016 de fecha 23 de noviembre de 2016.
Interés casacional
El letrado remarca que la Sala Penal de Apelaciones ha considerado que sí existe un verdadero interés casacional en el recurso planteado por él; el mismo que ha cumplido con los requisitos exigidos por la ley procesal y por ello se ha pronunciado por la admisibilidad del recurso.
Así, el recurso de casación será remitido por tercera vez a la Corte Suprema de la Republica para que la máxima instancia del Poder judicial se pronuncie una vez más, esperando restablezca otra vez los derechos fundamentales al debido proceso y de defensa de Edwin Oviedo, vulnerados de manera reiterada y progresiva por el fiscal Carrasco Millones, indicó el abogado Isla Montaño
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