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Piura: aprueban beneficios tributarios para adultos mayores

La solicitud para acogerse a este beneficio debe enviarse a la Gerencia de Desarrollo Social a través de la Oficina de Omaped.
La solicitud para acogerse a este beneficio debe enviarse a la Gerencia de Desarrollo Social a través de la Oficina de Omaped. | Fuente: Cortesía (Municipalidad de Veintiséis de Octubre)

Esto en el distrito Veintiséis de Octubre donde se aprobó una exoneración del 50 % en pago de tributos para los adultos mayores de 65 años de escasos recursos y 30 % para las personas con discapacidad.

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Por unanimidad el pleno del Concejo del Distrito Veintiséis de Octubre aprobó la Ordenanza Municipal que otorga exoneración del 50 % del pago de los arbitrios municipales a los adultos mayores de 65 años de escasos recursos y personas con discapacidad.

La exoneración de los arbitrios de limpieza pública, parques, jardines y Seguridad Ciudadana se dará siempre que sean propietarios de un solo inmueble a nombre propio o de la sociedad conyugal que integran, cuyo valor del autoavalúo no supere las 30 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), entre otros requisitos.

En lo que respecta a las personas con discapacidad, al igual que el caso anterior, sus ingresos tampoco deben exceder el 30 % de la UIT.

La solicitud para acogerse a este beneficio debe enviarse a la Gerencia de Desarrollo Social a través de la Oficina de Omaped, encargada de evaluar la solicitud presentada, así como el reconocimiento de estar acreditada como persona con discapacidad entre otros.

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