El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Piura condenó a dos años y seis meses de pena privativa de libertad suspendida a José Reaño Pairazaman por el hurto de agua.
El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Piura condenó a dos años y seis meses de pena privativa de libertad suspendida a José Reaño Pairazaman, por la comisión del delito de hurto agravado de agua potable en agravio de la EPS Grau.
La persona sentenciada se acogió al beneficio de la terminación anticipada, y por tratarse de la primera vez, recibió esta condena que se encuentra condicionada a reglas de conducta por haber mantenido una conexión clandestina que se encontraba adherida a la red troncal del asentamiento humano Santa Rosa, así lo manifestó el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, Hernán Santos Castillo.
Además de la sanción, la persona responsable de este delito deberá pagar una reparación civil de 500 soles a favor de la Empresa de Saneamiento.
Así mismo, aún existen cuatro casos similares, los cuales se encuentran a la espera de sentencia y en lo que va del año se han registrado unos 20 casos ante la Fiscalía de Piura, Sullana y Talara.
Actualmente, en el artículo 186 del Código Penal la pena máxima por el delito de hurto de agua o bienes es de seis años de pena privativa de libertad y en los casos en que se atente contra la infraestructura de las empresas prestadoras de servicios públicos de saneamiento, la pena será hasta de ocho años de pena privativa de libertad.
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