El penalista Julio Rodríguez apuntó que solo un juez puede obligar a un abogado revelar el paradero de su cliente ´salvo que estemos ante un caso de interés nacional´.
"La verdad que no resiste el menor análisis jurídico. Los abogados tenemos una reserva de la información que nos entrega el cliente. Si el cliente me entrega en la confianza y en el secreto profesional su paradero, no tengo por qué yo abogado revelarlo. No estoy en la obligación de revelarlo", dijo a RPP.
"Nadie lo puede obligar. Es secreto profesional, salvo que estemos ante un caso de interés nacional y, por lo tanto, el único que podría decirle "levanta el secreto profesional y dame la información" sería un juez. La figura del encubrimiento es inaplicable en este caso. Sino evidentemente todos los profesionales, médicos, abogados, psiquiatras, psicólogos estarían en la obligación de revelar la información que entreguen sus clientes", añadió.
Como se recuerda, el procurador anticorrupción Jorge Luis Caldas denunció ante la Fiscalía de la Nación al abogado Jorge Castro por encubrimiento personal y omisión de denuncia, además lo instó a que revele el lugar donde se encuentra su patrocinado.
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