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Despenalización del aborto por violación: las claves del proyecto

Andina
Andina

Estos son los aspectos de esta iniciativa legislativa ciudadana que ha generado diversas opiniones.

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso postergó el debate del proyecto de ley que propone despenalizar el aborto en los casos de embarazos a consecuencia de una violación sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentida. Conozca los aspectos de esta iniciativa legislativa ciudadana, que ha generado diversas opiniones.

1- El proyecto de ley plantea la modificatoria al Código Penal en su artículo 119, e incluye la interrupción del embarazo en casos de violación sexual, en las excepciones de aborto no punible.

2- También pide derogar todas las disposiciones que se opongan a dicha medida, como la contemplada en el artículo 120 del mismo código,  donde se consignan penas de hasta tres meses para las mujeres que interrumpen su embarazo a causa de una violación sexual.

3- La norma propone crear servicios integrales de atención a víctimas de violación sexual, que incluyan la interrupción voluntaria del embarazo no deseado, a cargo del Ministerio de Salud.

4- Las organizaciones y personas impulsoras de la iniciativa consideran que esa reforma representa una oportunidad  para que el Estado haga justicia con las mujeres peruanas sobrevivientes de una violación, devolviéndoles a ellas la posibilidad de decidir de forma libre sobre qué hacer de verse en una situación tan difícil como es un embarazo forzado.

4- Asimismo, señalan que la propuesta se basa en razones empíricas como jurídicas. Entre las empíricas se menciona que en el Perú, de acuerdo a información aportada por la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES 2012) el 7.9 por ciento de las mujeres alguna vez fue obligada a mantener relaciones sexuales con sus esposos o parejas en contra de su voluntad.

5- También precisa que el Perú es el país donde se presenta el mayor porcentaje de denuncias por violación sexual en América del Sur.

6- En lo que respecta a las razones jurídicas que avalan esta medida, las promotoras indican que existen derechos fundamentales previstos en la Constitución, entre ellos la dignidad, el libre desarrollo de la personalidad, derecho a la igualdad y no discriminación, derecho a la salud.

7- A fines de mayo, la Comisión de Justicia del Congreso rechazó el mencionado proyecto de ley,  decisión que generó una serie de protestas de activistas.

Andina

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