El Decreto Legislativo dispone que la Policía, por medio de sus unidades especiales, ejerzan una labor de prevención y patrullaje para prevenir los actos de violencia.
El Gobierno dispuso acciones de prevención y sanción con el fin de evitar los hechos violencia en actividades relacionadas a construcción civil, que incluyen el registro y fiscalización de las obras, así como otorgamiento de facilidades para que los afectados realicen sus denuncias.
El Decreto Legislativo N° 1187, publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dispone que la Policía, por medio de sus unidades especiales, ejerzan una labor de prevención y patrullaje para prevenir los actos de violencia.
En tanto, los gobiernos locales deben comunicar a las comisarías sobre las solicitudes de licencias y las licencias para la construcción de edificaciones en un plazo no mayor de tres días hábiles.
Dicha información debe ser remitida en el mismo plazo al Sistema de Inspección del Trabajo, pero solo en caso de las licencias. Esta entidad efectuará las acciones de inspección, con el apoyo de la policía, a fin de velar por el cumplimiento de las normativas sociolaborales, de salud en el trabajo y de seguridad.
Por cuanto, también, el Ministerio Público, a través de sus fiscalías de prevención del delito, realiza acciones de prevención y control en coordinación con los efectivos policiales.
Los trabajadores, dirigentes o ciudadanos en general que sean denunciantes podrán acceder a mecanismos que faciliten las denuncias sobre caso de violencia o extorsión, así como mecanismos que garanticen la protección posibilitando la reserva de su identidad y el otorgamiento de un código de identificación.
SISTEMA FINANCIERO
Las organizaciones sindicales que reciben cuotas sindicales deberán abrir una cuenta bancaria en un plazo de 30 días después de publicada la norma para su integración al sistema financiero.
En esta linea, el empleador está obligado a realizar el depósito de las cuotas sindicales en la cuenta en un plazo no mayor a tres días hábiles de efectuada la retención; y se prohíbe, bajo sanción administrativa, cualquier tipo de abono en otra modalidad que no incluya al sistema financiero.
El presente decreto dispone, asimismo, la creación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC), para el desarrollo de actividades del sector en obras que superen los S./192,500 (50 UIT), y el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil (RENOCC) que es obligatorio para las empresas contratistas o subcontratistas que realizan obras cuyo consto individual exceda los 50 UITs.
SUSPENSIÓN DE RETGISTRO
En caso de indicios razonables de que el objeto de la organización sindical ha cometido un acto ilícito, al encubrir o realizar una actividad delictiva que afecten el orden público se procederá a la suspensión del registro sindical por parte de la Autoridad Administrativa de Trabajo. La referida potestad tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
La presente medida cuenta con la rúbrica del jefe de estado Ollanata Humala Tasso; el titular del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano; así como los Ministros del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; de Justicia, Gustavo Adrianzén, y de Trabajo, Daniel Maruarte.
ANDINA
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