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Multarán con S/. 1.620.000 a empresas que incumplan Código de Consumo

El presidente de la República, Alan García, sostuvo que las instituciones no podrán ´aprovecharse de la buena fe del comprador´ y vender productos con supuestas propiedades milagrosas nunca comprobadas.

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Las empresas que incumplan el Código de Protección y Defensa del Consumidor, promulgado hoy por el presidente de la República, Alan García, podrán ser multadas con hasta un millón 620 mil soles.

Así lo manifestó el jefe de Estado tras manifestar que "tenemos derecho a una información veraz. No se nos puede vender un producto haciéndonos creer que tienen propiedades milagrosas nunca comprobadas".

"No se puede vender falsedades y aprovecharse de la buena fe del comprador. Si no está comprobado, es publicidad engañosa", agregó.

La norma señala que los usuarios pueden acceder a productos, servicios idóneos y gozar de los derechos y mecanismos efectivos para su protección, corrigiendo, previniendo o eliminando las conductas y prácticas que afecten sus legítimos intereses.

García detalló que quien compre algo o deposite cierta cantidad de dinero en alguna entidad bancaria, podrá saber cuál es la tasa efectiva anual, "cuánto me van a cobrar, cuánto voy a ganar si deposito mi dinero sin que se me deduzcan comisiones extrañas".

De otro lado, advirtió a las instituciones que toda cláusula abusiva está prohibida. "Es una carga abusiva que se le cargue toda la culpa al consumidor. Es abusivo que el proveedor tenga derecho a rescindir unilateralmente el contrato", agregó.

La Ley comprende 160 artículos referidos a la protección del consumidor frente a la publicidad; la idoneidad de los productos y servicios; salud y seguridad; protección de los consumidores en los alimentos; y sobre sus intereses sociales y económicos.

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