Este acuerdo, firmado el 03 de junio de 1929, establece que la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará ´Concordia´.
Luego que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya fijara el límite marítimo entre el Perú y Chile el pasado 27 de enero, hay voces desde Chile, incluida la del presidente de ese país, Sebastián Piñera, que alegan que se les ha reconocido soberanía sobre el denominado ‘triángulo terrestre’.
Sin embargo, las más altas autoridades del Perú y el propio jefe de Estado, Ollanta Humala, dijo ante el Congreso de la República que el veredicto del tribunal internacional no se pronuncia sobre límites terrestres ni afecta la intangibilidad de la frontera terrestre, que inicia en el Punto de Concordia establecido en el Tratado de 1929.
Pero, ¿Qué dice el también llamado Tratado de Lima? Este acuerdo, firmado el 03 de junio de 1929, establece la devolución de Tacna a territorio peruano, mientras que Arica es ratificada como zona chilena. En su artículo segundo precisa claramente lo siguiente:
"La línea divisoria entre dichas partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará "Concordia", distante diez kilómetros al norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella".
El artículo sexto también señala que Arica era ratificada como zona chilena, a cambio de una indemnización se seis millones de dólares.
"El Gobierno de Chile entregará el del Perú, simultáneamente al canje de las ratificaciones, seis millones de dólares, y además, sin costo alguno para éste último Gobierno, todas las obras públicas ya ejecutadas o en construcción y bienes raíces de propiedad fiscal ubicados en los territorios que, conforme al presente Tratado, quedarán bajo la soberanía peruana".
El artículo décimo menciona que "los hijos de los peruanos nacidos en Arica, se considerarán peruanos hasta los veintiún años de edad, edad en que podrán optar por su nacionalidad definitiva; y los hijos de chilenos nacidos en Tacna, tendrán el mismo derecho".
Y el artículo undécimo refiere que "los Gobiernos de Perú y de Chile, para conmemorar la consolidación de sus relaciones de amistad, resuelven erigir en el Morro de Arica un monumento simbólico sobre cuyo proyecto se pondrán de acuerdo".
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