Así lo reveló el ministro de Defensa, Rafael Rey quien indicó que el acusado Víctor Ariza Mendoza fue capturado hace aproximadamente 15 días.
Desde Argentina, el ministro de Defensa, Rafael Rey, reveló que el caso de espionaje por parte de un suboficial de la FAP, se conoció desde hace un tiempo y tras un riguroso seguimiento fue capturado hace aproximadamente 15 días.
"El tema ya estaba descubierto desde hace un tiempo, se sometió a esta persona a una investigación y a un seguimiento y finalmente se decidió su detención desde aproximadamente 15 días", reveló en RPP.
En ese sentido, indicó que el suboficial Víctor Ariza Mendoza realizaba esta actividad ilícita desde hace dos años.
Al hacer referencia de que el canciller de la República no tenía conocimiento de la denuncia, Rey respondió: "En efecto, él no tenía porqué tenerlo, él es el canciller, yo sí tenía conocimiento de las investigaciones porque yo soy el ministro de Defensa". En ese sentido, aclaró que las investigaciones permanecieron en reserva por la prudencia que ameritaba.
Por otro lado, Rey dijo sorprenderle que el Juzgado de turno de la Corte Suprema se haya hecho del caso, ya que a su concepto el Foro Militar debió encargarse del procedimiento legal según se encuentra contemplado en dos artículos del Código de Justicia Militar Policial.
"El tema ya estaba descubierto desde hace un tiempo, se sometió a esta persona a una investigación y a un seguimiento y finalmente se decidió su detención desde aproximadamente 15 días", reveló en RPP.
En ese sentido, indicó que el suboficial Víctor Ariza Mendoza realizaba esta actividad ilícita desde hace dos años.
Al hacer referencia de que el canciller de la República no tenía conocimiento de la denuncia, Rey respondió: "En efecto, él no tenía porqué tenerlo, él es el canciller, yo sí tenía conocimiento de las investigaciones porque yo soy el ministro de Defensa". En ese sentido, aclaró que las investigaciones permanecieron en reserva por la prudencia que ameritaba.
Por otro lado, Rey dijo sorprenderle que el Juzgado de turno de la Corte Suprema se haya hecho del caso, ya que a su concepto el Foro Militar debió encargarse del procedimiento legal según se encuentra contemplado en dos artículos del Código de Justicia Militar Policial.
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