El alcalde de San Martín de Porres pidió al Ejecutivo más apoyo para combatir la delincuencia y otros problemas en el distrito que lidera. Sus declaraciones fueron sometidas al fact checking de RPP Verifica.
Julio Chávez, alcalde de San Martín de Porres y miembro del partido Acción Popular, pidió al Gobierno que declare estado de emergencia en su distrito debido a la alta inseguridad que se vive en ese lugar de Lima. "Hay un incremento exponencial de la inseguridad y la actividad delincuencial en el distrito, lo cual ha desbordado totalmente las capacidades no solo de la Municipalidad, sino también de la propia Policía", dijo el burgomaestre en Ampliación de Noticias.
Además, solicitó específicamente que las Fuerzas Armadas salgan a patrullar junto con los policías y serenos. "La población vive en pánico", aseguró.
Cuando se le pidió a la autoridad municipal que realizara algún tipo de autocrítica de su gestión, respondió de la siguiente manera: "combatir la delincuencia no es un trabajo de la Municipalidad. La Municipalidad tiene su trabajo: fiscalizar, recuperar espacios públicos, la labor del serenazgo es preventiva"
Sus declaraciones fueron sometidas a verificación.
Información a verificar: combatir la delincuencia no es un trabajo de la Municipalidad.
Resultado: FALSO
[1] De acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual regula la organización y funciones de los municipios del país, es atribución del alcalde "presidir, instalar y convocar al comité distrital de seguridad ciudadana" (artículo 20, numeral 36). La propia norma señala, en su artículo 73, como materia de competencia municipal a la seguridad ciudadana, incluida como servicio público local.
[2] El artículo 85 de esta Ley está dedicado exclusivamente a la seguridad ciudadana. Y dice que como función específica, las municipalidades provinciales, en coordinación con las municipalidades distritales, deben "establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de liderazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital". Esto alcanza, inclusive, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo Concejo Metropolitano tiene la atribución de "dictar las normas necesarias para brindar el servicio de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional".
[3] Es tal la responsabilidad del alcalde con la seguridad ciudadana de su distrito, que de acuerdo con la Ley se le puede sancionar si no convoca e instala el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana por lo menos una vez cada dos meses. Si no lo hace, es suspendido del cargo. La docente de la escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico, Karla Gaviño, indica incluso que estas acciones deben estar articuladas con la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. "Esta Ley entiende por seguridad ciudadana a la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado en sus tres niveles de gobierno, destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de los espacios públicos, incluyendo la prevención de los delitos".
[4] En conclusión, incluso los trabajos de prevención que realiza el serenazgo y que menciona el alcalde de San Martín de Porres Julio Chávez durante su entrevista están dentro de lo que la Ley entiende por "combatir la delincuencia". Por estas razones su afirmación es falsa.
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