Tercera Sala Penal Liquidadora sustentó decisión porque los hechos en torno al caso Petroaudios ocurrieron hace seis años.
La Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundado el pedido de excepción por prescripción de Rómulo León Romero, hijo de Rómulo León Alegría, y Lidia Casuso Cuba por los delitos contra la administración de justicia-encubrimiento real en agravio del Estado, por el caso Petroaudios.
En el caso de Alberto Quimper Herrera, acusado por el delito de Tráfico de influencias, patrocinio ilegal y cohecho pasivo propio y Fortunato Canaan por Tráfico de influencias, cohecho activo genérico y negociación incompatible, se establece en el Código Penal que se trata de personas mayores de 75 años y que los hechos ocurrieron hace seis años.
Por otro lado, el presidente de la Sala Alberto Brousset Salas, señaló que el caso llegó a sus manos dos meses antes de que prescriba y es conocido que el pronunciamiento de la Fiscalía Suprema sufrió una demora considerable, por tratarse además, de un proceso complejo, informó una nota de prensa de la Corte Superior de Justicia de Lima.
La Sala asimismo resolvió el sobreseimiento del proceso archivando en este extremo y levantando todo lo actuado las medidas cautelares en contra de los mencionados.
Cabe señalar que la sala a cargo del proceso no trabaja en exclusividad, aun así el juicio oral continúa realizándose dos veces por semana.
Andina
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