El vicepresidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía, aclaró que esta decisión no significa que el TC se haya pronunciado a favor de la demanda.
En sesión plenaria realizada el pasado jueves, el Tribunal Constitucional (TC), acordó admitir a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por la bancada del Partido Nacionalista y otros legisladores contra el Acuerdo de Libre Comercio suscrito con Chile, informó el vicepresidente de este organismo, Carlos Mesía.
Precisó que el acuerdo fue adoptado por unanimidad por los siete miembros del TC, y que en este momento se encuentran recabando las firmas en el acta correspondiente.
El magistrado aclaró que esta decisión no significa que el TC se haya pronunciado a favor de la demanda, sino que ha cumplido con el trámite que establece el Código de Procedimientos Constitucionales.
Explicó que una vez oficializada la admisibilidad, el Tribunal procederá a notificar del acuerdo al Poder Ejecutivo para que responda en un plazo de 30 días.
Señaló que lo propio hará con la parte demandante, a fin que designe a la persona que ejercerá la defensa de la causa.
Una vez notificadas las partes, el máximo organismo intérprete de la Constitución citará a una audiencia pública para la vista de la causa en la que las partes en conflicto expondrán sus alegatos, tras lo cual el TC resuelve dentro del término de un mes.
El magistrado no descartó la posibilidad que durante el proceso, el Tribunal Constitucional apele al mecanismo del "amicus curiae" (amigo de la corte), es decir, recurra a alguna institución y/o especialistas para consultarles antes de resolver la demanda.
Mesía ratificó que el Tribunal Constitucional se pronunciará estrictamente si el referido acuerdo es compatible con la Constitución y no sobre aspectos referidos a los beneficios o desventajas de su aplicación.
Como se recuerda, el pasado 2 de marzo, 34 congresistas de la oposición, encabezados por el Grupo Parlamentario Nacionalista presentaron una acción de inconstitucionalidad contra el referido acuerdo comercial, por considerar "que este documento no fue aprobado por el Congreso y además es lesivo a los intereses nacionales.
Precisó que el acuerdo fue adoptado por unanimidad por los siete miembros del TC, y que en este momento se encuentran recabando las firmas en el acta correspondiente.
El magistrado aclaró que esta decisión no significa que el TC se haya pronunciado a favor de la demanda, sino que ha cumplido con el trámite que establece el Código de Procedimientos Constitucionales.
Explicó que una vez oficializada la admisibilidad, el Tribunal procederá a notificar del acuerdo al Poder Ejecutivo para que responda en un plazo de 30 días.
Señaló que lo propio hará con la parte demandante, a fin que designe a la persona que ejercerá la defensa de la causa.
Una vez notificadas las partes, el máximo organismo intérprete de la Constitución citará a una audiencia pública para la vista de la causa en la que las partes en conflicto expondrán sus alegatos, tras lo cual el TC resuelve dentro del término de un mes.
El magistrado no descartó la posibilidad que durante el proceso, el Tribunal Constitucional apele al mecanismo del "amicus curiae" (amigo de la corte), es decir, recurra a alguna institución y/o especialistas para consultarles antes de resolver la demanda.
Mesía ratificó que el Tribunal Constitucional se pronunciará estrictamente si el referido acuerdo es compatible con la Constitución y no sobre aspectos referidos a los beneficios o desventajas de su aplicación.
Como se recuerda, el pasado 2 de marzo, 34 congresistas de la oposición, encabezados por el Grupo Parlamentario Nacionalista presentaron una acción de inconstitucionalidad contra el referido acuerdo comercial, por considerar "que este documento no fue aprobado por el Congreso y además es lesivo a los intereses nacionales.
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