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TC: Personas con vivienda y empleadores pueden ser excluidos del Fonavi

Foto: ANDINA (referencial)
Foto: ANDINA (referencial)

Así se estableció en una sentencia del TC de enero de 2008, en la que se plantea considerar a aquellas personas que no tuvieron ningún beneficio por sus aportes, sostuvo el magistrado Fernando Calle.

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Fernando Calle dijo hoy que un fallo de ese organismo permite excluir de la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a quienes ya accedieron a una vivienda de parte del Estado y a los que aportaron como empleadores.

Explicó que así se estableció en una sentencia del TC de enero de 2008, en la que se plantea considerar a aquellas personas que no tuvieron ningún beneficio por sus aportes, distinguiéndolos de aquellos que sí accedieron parcial o totalmente.

“La sentencia señala que esas personas no pueden ser beneficiadas, y tampoco los empresarios (que aportaron). Nosotros priorizamos que reciban los aportes del Fonavi, primero, los mayores de 60 años de edad y aquellos que carecen de una propiedad o terreno”, explicó.

Según la sentencia, también pueden ser excluidas las personas que ya han concretado su derecho a la vivienda digna. En el caso de los empleadores que aportaron durante cierto periodo, el fallo señala que el Fonavi se creó para satisfacer las necesidades de vivienda de los trabajadores y en ningún caso de los empleadores.

El magistrado, que suscribió el fallo del TC que fija quiénes son los beneficiados, recordó que también existe otra sentencia del tribunal que sirve de base al Gobierno para fijar las seis formas de devolución de los aportes.

Señaló que esas modalidades fueron propuestas por los propios fonavistas que promovieron una iniciativa legal, aprobada vía referéndum, para lograr el reintegro de sus aportes para la construcción de viviendas.

Calle Hayen refirió que entre las modalidades de devolución figura la entrega de viviendas de interés social, en terrenos urbanizados de interés social, en bonos, en compensaciones tributarias, en pagos compensatorios de deudas, y en efectivo.

“En eso la sentencia es clarísima. Considero que la comisión ad hoc establecida para devolver los aportes debe sujetarse a lo dispuesto por la sentencia del TC”, subrayó.

De acuerdo con la ley aprobada vía referéndum en octubre de 2010, la devolución se dará priorizando a los aportantes de mayor edad.

El Fonavi fue creado en 1979 para la construcción de viviendas de los trabajadores, pero los gobiernos sucesivos destinaron los recursos recaudados a otros fines, hasta que en 1998 fue convertido en el Impuesto Extraordinario de Solidaridad, durante el régimen fujimorista.


Andina

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