Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

Terrorista Peter Cárdenas Schulte saldrá libre en setiembre del 2015

Foto: Andina
Foto: Andina

El Colegiado ´E´ de la Sala Penal Nacional aclaró que por un error material constaba en la sentencia que el vencimiento de la condena era este 23 de enero.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Colegiado “E” de la Sala Penal Nacional del Poder Judicial aclaró este miércoles que la condena a 25 años de prisión impuesta al emerretista Peter David Cárdenas Schulte vence el 22 de setiembre de 2015.

La condena contra Cárdenas Schulte por los delitos de terrorismo, terrorismo agravado y contra la fe pública, data del 21 de marzo de 2006 y señala que la pena se computa desde la detención producida el 14 de abril de 1992, por lo que el plazo de vencimiento sería el 13 de abril de 2017.

Sin embargo, se descuenta la carcelería que sufrió el sentenciado del 7 de febrero de 1988 al 28 de agosto de 1989 (un año, seis meses y 21 días), lo que da como resultado que la pena se cumplirá el 22 de setiembre de 2015.

El Colegiado “E” advirtió que en la sentencia del 2006 existe un error de carácter material al indicar que el vencimiento de la condena correspondía al 23 de enero de este año.

Por ello, los miembros de este colegiado resolvieron aclarar la indicada sentencia, en mérito al artículo 298 del Código de Procedimientos Penales, el cual establece que “no procede declarar la nulidad tratándose de vicios procesales susceptibles de ser subsanados, o que no afecten el sentido de la resolución”.

Además, dispusieron que lo resuelto se inscriba en el Registro Penitenciario del INPE y el Registro Central de Condenas, y se expida copia certificada a Cárdenas Schulte, condenado por pertenecer al Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA).

Andina

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA