Fernando Calle, miembro del Tribunal Constitucional dijo en RPP que la sentencia no es vinculante.
El magistrado Fernando Calle, integrante del Tribunal Constitucional, aclaró en RPP que ese organismo no avala la embriaguez y que el fallo a favor de un trabajador despedido por laborar con "aliento alcohólico" no sienta precedentes.
Calle indicó que no se trata de una referencia que podría obligar a jueces en otras instancias a emitir sentencias por que no es vinculante.
"Lo único que puedo hacer es aclarar porque el ciudadano puede creer el Tribunal avala. Esta sentencia no constituye ningún vinculante. No es un mandato. Ni siquiera es una referencia que podría obligar a jueces en otras instancias (a fallar de la misma manera)", expresó.
Calle precisó que solo podría ser usado en un caso muy similar, pero no haciendo referencia a la sentencia del Tribunal Constitucional, sino a lo que dice la ley.
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