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Tribunal Constitucional prevé reducir su carga procesal en 50% este año

Andina
Andina

En los meses venideros el TC dará celeridad a los procesos relativos a acciones de amparo, habeas corpus y habeas data, así como acciones de inconstitucionalidad, con el fin de emitir el mayor número posible de resoluciones.

El Tribunal Constitucional (TC) prevé reducir en cerca de 50 por ciento su carga procesal este año, la cual supera los 9,500 expedientes, señaló el titular de ese organismo, Óscar Urviola Hani, al estimar que a diciembre se podría llegar a tener cerca de 5,000 causas resueltas.

Detalló que en los meses venideros el TC dará celeridad y buscará resolver con prioridad los procesos relativos a acciones de amparo, habeas corpus y habeas data, así como las acciones de inconstitucionalidad, con el fin de emitir el mayor número posible de resoluciones.

“Nuestra preocupación es acelerar el proceso de resolución, porque posiblemente el siguiente año lo iniciemos con un déficit de más de 4,000 causas (sin resolver), considerando que, de aquí a diciembre, también habrá nuevos ingresos y se irán acumulando”, subrayó.

Según explicó el titular del TC, el incremento de la carga procesal se debe, entre otras cosas, a que la ciudadanía tiene gran expectativa en las garantías que ofrece el organismo constitucional y recurre a él cuando no logra alcanzar justicia en instancias inferiores.

No obstante, destacó que un aspecto que ha contribuido a aliviar la carga procesal es la creación de un precedente vinculante que establece la “sentencia interlocutoria” para declarar improcedente un proceso que llega al TC, sin necesidad de pasar por la fase de vista de causa.

“Eso nos ha permitido reducir enormemente la carga en causas que eran abiertamente improcedentes (…) Lo ideal es que el Tribunal se aboque a las causas realmente trascendentes e importantes desde el punto de vista constitucional”, manifestó Urviola Hani.

En ese sentido, aprovechó la ocasión para invocar a los abogados y a los propios justiciables a evitar el uso de amparos cuando este sea abiertamente improcedente, dado que esta vía –dijo- debe estar reservada para cuando haya una verdadera vulneración de derechos fundamentales.

“Se trata de una vía de urgencia y hay casos que no se justifican. A veces los abogados generan la expectativa de que por esta vía pueden conseguir rápidamente la restitución de un derecho constitucional que supuestamente ha sido vulnerado”, dijo a la Agencia Andina.

De enero al 24 de julio de este año, el TC ha publicado 2,640 sentencias por diversos procesos, la mayoría de las cuales corresponde a acciones de amparo (1,958), seguida de habeas corpus (306), acciones de cumplimiento (206), habeas data (83), quejas (75) y acciones de inconstitucionalidad (12).

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