´No puede excluir, absolver o condenar a un ciudadano porque ese no es su papel´, señaló el presidente del Poder Judicial, en relación a este caso.
"En lo que mí concierne, me parece que el Tribunal Constitucional no puede discernir justicia ordinaria. No puede excluir, absolver o condenar a un ciudadano porque ese no es su papel", dijo el funcionario.
"Ellos son una instancia de control y está muy bien que se preocupe por el plazo razonable, pero de una manera que no discrimine, porque en si este caso concreto solamente es de aplicación al general Chacón se estaría, contrario a los principios de la igualdad ante la ley, discriminando a los que están incursos en la misma demora", agregó.
Como se recuerda, el Tribunal Constitucional excluyó al ex ministro durante el régimen fujimorista del proceso que se le sigue porque han transcurrido nueve años sin haber sido sentenciado.
"En el Perú, el único poder que puede discernir justicia ordinaria es el Poder Judicial. Si otra institución se aboca a causas pendientes ante el Poder Judicial tendrá que asumir las responsabilidades, porque nosotros tenemos bien claro lo que nos corresponde hacer por disposición constitucional", apuntó Villa Stein.
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