Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
El mundo permanece en alerta
EP 1223 • 06:11
Reflexiones del evangelio
Domingo 8 de diciembre | (Inmaculada Concepción) - "Concebirás en tu vientre y darás a luz un hijo, y le pondrás por nombre Jesús. Será grande, se llamará Hijo del Altísimo"
EP 840 • 12:06
El poder en tus manos
EP133 | INFORMES | Especialistas y autoridades discutieron las reformas mínimas que deben realizarse antes de las próximas elecciones en CADE 2024
EP 133 • 04:04

Comisión aprueba que leyes promulgadas por el Congreso sean publicadas en un plazo máximo de tres días

Comisión aprueba que leyes promulgadas por el Congreso sean publicadas en un plazo máximo de tres días
Comisión aprueba que leyes promulgadas por el Congreso sean publicadas en un plazo máximo de tres días | Fuente: Foto: Congreso

Con esta medida aprobada por la Comisión de Constitución y Reglamento, el Congreso asegura que las leyes que aprueba por insistencia, así como los acuerdos tomados a través de resoluciones legislativas, sean publicados oportunamente por el diario oficial El Peruano.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen referido a la publicación de leyes o resoluciones legislativas que han sido debatidas y aprobadas por el Parlamento. Esto, según el grupo de trabajo, con la finalidad de generar un Estado "más eficiente y eficaz".

Así el Congreso tendrá la garantía de que las leyes que aprueba por insistencia, así como acuerdos tomados a través de resoluciones legislativas del Congreso, serán publicadas oportunamente por el diario oficial El Peruano, eliminando cualquier escenario "que dilate o impida" su publicación.

Al sustentar la propuesta, la presidenta de la comisión, Patricia Juárez, indicó que se busca delimitar plazos en la enumeración y publicación de leyes y resoluciones legislativas a cargo de entidades del Estado que son responsables de dicha función, reduciendo los costos de prolongar su publicación o, en el peor de los casos, frustrar su publicación.

"(…) La numeración debe llevarse a cabo en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la promulgación de la norma, sea que la haya promulgado el presidente de la República o el presidente del Congreso de la República; siendo tres días calendario, desde su promulgación, el plazo máximo para enviarla al diario oficial El Peruano para su respectiva publicación", dispone el texto aprobado

Publicación en 24 horas

De no cumplirse ello, el Legislativo está facultado de enumerar una ley y en un plazo no mayor de 24 horas, lo envía al diario oficial “El Peruano” para su publicación.

El dictamen sancionado precisa que El Diario Oficial El Peruano tiene un plazo máximo de 24 horas para publicar las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso. Dicho plazo es computado desde la recepción de la norma.

También puntualiza que el funcionario, servidor público o trabajador de una empresa del Estado que omita, rehúse o retarde la enumeración o publicación de leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso comete falta muy grave en materia administrativa. Asimismo, incurre en el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

 

NUESTROS PODCASTS:

- ‘Espacio Vital’: ¿En qué se parecen el fútbol y el coronavirus? El Dr. Elmer Huerta responde:

Tags

Lo último en Congreso

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA