Iniciativa presentada por el congresista César Combina, vocero de esta bancada, autoriza a las empresas la importación, almacenamiento, distribución y aplicación gratuita de vacunas contra el coronavirus. Las empresas deberán tener un mínimo de 200 trabajadores en planilla y las que tengan menos tendrán que realizar la adquisición a través de gremios empresariales.
El congresista César Combina, vocero de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), presentó un proyecto de ley "que autoriza a las empresas a la compra de vacunas para aplicación gratuita a sus trabajadores". La propuesta, que lleva la firma de otros seis parlamentarios de esta bancada, dispone que se otorgue "prioridad" en los trámites necesarios para su ingreso al país.
"Autorícese a las empresas a la importación, almacenamiento, distribución y aplicación gratuita de vacunas para el coronavirus SARS-Co V-2 en todo el territorio nacional. Las empresas deben tener un mínimo de 200 trabajadores en planilla, o en su defecto, las que tienen menor cantidad podrán realizar la adquisición a través de los gremios empresariales formales a precio de costo", señala.
Asimismo, el proyecto de ley establece que la cantidad de vacunas que se encuentran autorizadas a adquirir las empresas o gremios se encuentra compuesta de forma acumulativa por los siguientes criterios:
- 1. Cantidad de trabajadores en planilla
- 2. Cantidad de familiares directos en segundo grado de consanguineidad o afinidad de los
trabajadores. - 3. Hasta un 30% del número de trabajadores adicional que puede ser aplicado a personas de la comunidad donde se encuentra la empresa o gremio.
De igual modo, se precisa que las personas que acepten ser vacunadas lo autorizan "bajo su propia responsabilidad" y proceden a firmar los documentos de consentimiento informado. Asimismo, la persona que reciba la vacuna de la empresa o gremio "se encuentra excluida de forma automática del padrón de beneficiarios de la vacuna suministrada por el Estado y viceversa".
La norma también indica que las personas podrían no aceptar el tipo de vacuna que propone la empresa -siempre que sea la misma que el Estado suministra- o rechazar todo tipo de vacuna contra la COVID-19. En este caso se le excluye del padrón de beneficiarios respecto a la vacunación por fases promovida por el Estado "de forma automática".
Finalmente, la propuesta establece que la Dirección General de Medicamentos otorgará el registro sanitario respectivo en el plazo máximo de 3 días hábiles en que la empresa o gremio entregue la documentación requerida. Para esto, "no se exigirá documentación distinta a la que se le exige al Estado" y en caso exista registro sanitario de una vacuna en específico, "la empresa o gremio podrá hacer uso del mismo registro, siempre y cuando sea el mismo proveedor de vacunas".
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