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ONPE aprobó fraccionamiento de multas electorales a partidos políticos

La ONPE aprobó el nuevo reglamento para fraccionar deudas por sanciones impuestas a partidos
La ONPE aprobó el nuevo reglamento para fraccionar deudas por sanciones impuestas a partidos | Fuente: Andina

A través de una resolución jefatural publicada en el diario oficial El Peruano, el organismo electoral aprobó el beneficio que incluye a las multas cuyo procedimiento de cobranza judicial ya ha iniciado.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó hoy, viernes, el reglamento para regular el fraccionamiento por deudas de sanciones impuestas por dicha entidad electoral a los partidos políticos.

El documento fue oficializado a través de una resolución jefatural publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Cambios en la norma

De acuerdo con la nueva normativa, las deudas sujetas a este beneficio son las multas por sanciones de carácter pecuniario comprendidas en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

De igual forma, se incluye a las multas cuya resolución administrativa ha quedado firme o se haya agotado la vía administrativa donde se haya iniciado o no el procedimiento de cobranza judicial o ejecución coactiva.

De este modo, quedan exentas las multas que han sido materia de reducción por pronto pago, que ya han sido fraccionadas, cuando ya se ha declarado la pérdida del beneficio y cuando la multa se encuentra en cobranza coactiva con medida cautelar en forma de retención bancaria sobre las cuentas del administrado.

Procedimiento

Los partidos o personas jurídicas que se acojan a dicho beneficio contarán con 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución de sanción para presentar la solicitud de fraccionamiento, siempre y cuando no se haya presentado recurso administrativo o se haya desistido de este.

Para los casos de cobranza judicial a través de la Procuraduría Publica se podrá presentar la solicitud de fraccionamiento en cualquier momento antes de su conclusión.

La norma también especifica que la solicitud y los documentos a presentar a la entidad electoral, a fin de acceder a este beneficio, varían en caso se trate de una organización política o persona jurídica; o de candidatos, promotores o autoridades sujetas a consulta popular de revocatoria.

La Gerencia de Administración de la ONPE será la encargada de aprobar las solicitudes en un máximo de 10 días hábiles. La aprobación del número de cuotas se realizará en un acto discrecional de esta entidad electoral.

Una vez notificada la persona beneficiaria, contará con un plazo de 10 días calendario para acreditar el pago de la cuota inicial equivalente al 10% del monto de la deuda objeto de fraccionamiento.

La deuda materia de fraccionamiento no deberá ser menor al 25% de la UIT vigente a la fecha de solicitud del fraccionamiento. Se otorgará como máximo hasta sesenta 60 cuotas mensuales como plazo máximo de fraccionamiento según el monto de la deuda.

(Con información de Andina)

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