En las elecciones generales del 2016, se abrieron 96 procesos por entrega de dádivas, los que culminaron en la exclusión de tres candidatos. Uno de ellos fue César Acuña.
Elecciones
¿En qué casos está prohibida la entrega de dádivas o regalos a los electores?
¿Un candidato al Congreso puede entregar regalos o víveres a sus posibles electores? La respuesta es no. En época de elecciones, el candidato lo tiene prohibido.
“Dadivas es entregar algo o prometer algo a favor de que se incline la preferencia del electorado hacia tu persona. Eso es una dadiva: el ofrecimiento o la entrega de algo”, explicó el especialista electoral José Tello.
Esta conducta del candidato, si es reiterativa, lo puede llevar hasta su exclusión del proceso electoral.
“Se tiene que respetar el no incurrir en prácticas como las dadivas. Las dadivas están proscritas que son causal de exclusión. La exclusión de candidatos se puede llevar a cabo de acá hasta el 27 de diciembre, eso está muy vigente y están muy atentos en fiscalización electoral”, dijo Tello.
La sanción por la entrega de dadivas es progresiva. Si lo hace una vez, el candidato recibirá una multa de 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 126,000 soles.
“Finalmente existe la exclusión si es reincidencia o si sus aportes son superiores a los 3 UIT y con eso configuras una causal de exclusión inmediata”, detalló.
El candidato solo puede entregar propaganda electoral, como almanaques y volantes, o bienes de consumo en reuniones proselitistas como agua, gaseosas o sándwiches.
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