Desde el Jurado Nacional de Elecciones manifestaron que dicha resolución allana el camino para continuar con el proceso electoral sin que exista duda alguna por parte de los actores políticos. Destacaron también que esta decisión se da por la reforma constitucional de no reelección de legisladores aprobada en referéndum.
La resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que prohíbe la reelección inmediata a los congresistas del actual periodo legislativo, además de los que pertenecieron al Congreso disuelto, busca tener las reglas del juego claras de cara a las Elecciones Generales 2021.
Así lo indicó a Conexión de RPP Noticias, el jefe del Gabinete de Asesores del JNE, Juan Enrique Pestana Uribe, quien dijo que la resolución precisa que existe una prohibición establecida por el artículo 90-A de la Constitución y que regirá en los comicios.
“Esta norma, esta resolución -que se ha expedido- está permitiendo dar transparencia, predictibilidad a la norma electoral y tener las reglas del juego muy claras para que no quede ninguna duda por parte de los actores políticos de que esa prohibición constitucional está vigente y que se va a aplicar por el Jurado Nacional de Elecciones”, manifestó Pestana.
Norma fue aprobada en referéndum
El funcionario recordó también que este artículo se agregó a la Constitución por el referéndum que ratificó la norma aprobada en el Legislativo. En esa línea, dijo que el máximo ente electoral allana, con la emisión del documento, el camino para continuar con el proceso electoral sin que exista duda por parte de los actores políticos.
“No debemos olvidar que esta reforma constitucional fue objeto de un referéndum en el cual el pueblo peruano se pronunció ratificándolo. Lo que se está haciendo es interpretar correctamente el aspecto de la norma el aspecto que prohíbe la reelección inmediata a quienes han desempeñado la función de congresistas”, señaló.
Resolución
Según la resolución del colegiado electoral, están impedidos de postular a las Elecciones Generales 2021, los congresistas electos en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, proceso que indicaron fue para completar el periodo del Congreso disuelto en setiembre de 2019.
Tampoco podrán postular los parlamentarios del Congreso disuelto y que no participaron en los comicios de 2020 o que participando no fueron elegidos. La prohibición también comprende a los legisladores desaforados y sus respectivos accesitarios, además de quienes fueron suspendidos y los que reemplazaron a congresistas fallecidos.
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"Esta norma, esta resolución -que se ha expedido- está permitiendo dar transparencia predictibilidad a la norma electoral", señaló el jefe del Gabinete de Asesores del JNE.
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