La norma que amplia la exoneración del IGV libros y productos editoriales fue publicada este jueves en el diario oficial El Peruano luego de que fuera aprobada en el Pleno del Congreso el pasado 08 de octubre.
El Gobierno promulgó este jueves, a través de su publicación en el diario oficial El Peruano, la ley del libro, aprobada la semana pasada en el pleno del Congreso. Un día antes el presidente Martín Vizcarra la había firmado y destacado su importancia.
Esta ley asegura la extensión por tres años de los beneficios tributarios a la industria editorial. Con esto, los libros y productos similares no subirán sus precios y se evitará la piratería.
"Vamos con una ley que reconoce y respalda el derecho a la lectura y promueve el libro. Por eso a esta ley del Congreso de la República le hacemos la suscripción correspondiente", dijo el jefe de Estado.
Entre los beneficios que indica el texto, están la exoneración del impuesto General a las Ventas (IGV) por la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines.
Los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT (S/645,000) tendrán derecho al reintegro tributario equivalente al IGV consignado separadamente en los comprobantes de pago por un periodo de tres años.
La normativa también establece la creación de un fondo de S/ 16 millones anuales, con el fin que el Ministerio de Cultura promueva la lectura en biblioteca y espacios de lectura.
Beneficios
Exoneración del IGV
Están exonerados del impuesto General a las Ventas la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines. el presente artículo rige a partir del día siguiente de la publicación y tiene plazo de vigencia de 3 años.
Reintegro Tributario del IGV
Los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT tendrás derecho al reintegro tributario equivalente al IGV sonsignado separadamentre en los comprobantes de pago por un periodo de tres años.
El reintegro tributario se hará efectivo de acuerdo a lo que disponga el reglamento de la ley
Además, Sunat deberá publicar cada año en su portal institucional la relación de editores de libros que se hayan acogido al reintegro tributario. Así como el monto del reintegro tributario otorgado.
Ley publicada en El Peruano
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Informes RPP: Ley del Libro
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