El Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió un Decreto Supremo como respuesta a las denuncias contra aplicativos como Picap, que ofrece el servicio de taxi en moto.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó este jueves en las Normas Legales del diario El Peruano un Decreto Supremo en el que hizo pertinentes precisiones sobre la prestación del servicio de taxi en vehículos menores, en respuesta a las denuncias contra aplicativos como Picap, que ofrece el servicio de taxi en moto.
En el documento, el MTC reafirmó que “se encuentra prohibida la prestación del servicio especial de transporte público de personas en taxi en otra y otras categorías vehiculares distintas a la M1”. Es decir, no se puede brindar el servicio en motos.
Sin embargo, aclaró que los vehículos de la categoría L5, en la que se encuentran los populares mototaxis, sí están permitidos de realizar el servicio.
Por ello, determinó también el bloqueo de aplicativos y/o páginas web que ofrezcan este tipo de servicios ilegales.
“La Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones requiere a los proveedores de servicios de internet el bloqueo de aplicativos y/o páginas web que oferten y/o presten el servicio”, se lee en el Decreto Supremo publicado hoy.
La norma está refrendada por el ministro de Transportes, Edmer Trujillo, y por el presidente de la República, Martín Vizcarra.
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