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Contraloría: Mininter adjudicó contrato por más de S/ 3 millones a empresa que no cumplía con condiciones técnicas

La CGR detectó que se habrían cometido irregularidades en la adjudicación de un contrato en el Mininter
La CGR detectó que se habrían cometido irregularidades en la adjudicación de un contrato en el Mininter | Fuente: Andina

La Contraloría encontró que, en el 2020, el Mininter habría favorecido a una empresa con la compra de 2 404 cascos para la policía motorizada, pese a que no contaba con la representación de la firma que ofrecía el producto.

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La Contraloría General de la República (CGR) dio a conocer un reciente informe de control que identificó que funcionarios del Ministerio del Interior (Mininter) adjudicaron un contrato por más de S/ 3 millones a una empresa que no cumplía con las condiciones técnicas respectivas.

Dicho informe, que abarca el periodo comprendido entre el 14 de octubre del 2019 y el 31 de julio del 2020, halló además que la empresa que ganó la buena pro no contaba con la representación de la firma que ofrecía el producto adquirido, destinado a la Policía motorizada.

Hechos en investigación

El órgano de control precisó que desde el Mininter se favoreció a un postor al cual adjudicaron la buena pro del proceso realizado en el 2020 para la compra de 2 404 cascos de seguridad destinados a policías del servicio de patrullaje motorizado a nivel nacional, por un valor de S/ 3 997 000, con lo cual se afectó "la oportuna adquisición para atender dicha necesidad y se puso en riesgo la seguridad del personal policial".

El informe determinó la presunta responsabilidad penal y administrativa de tres funcionarios: dos integrantes del Comité de Selección de dicho concurso público y un integrante de la Oficina de Abastecimientos, quienes participaron de la adjudicación simplificada efectuada en el marco del proyecto de inversión pública “Mejoramiento del servicio de patrullaje en el área urbana de 17 departamentos”.

La Contraloría evidenció que la oferta del postor incumplía con el requisito de presentación obligatoria del documento que acreditaba la representación de quien la firmaba como su representante, subsanando dicho documento con un certificado de vigencia de poder emitido en la fecha establecida para la presentación de ofertas, contraviniendo el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De igual forma, los integrantes del comité de selección aprobaron, por mayoría de votos, la oferta de casco de seguridad aun cuando el producto no cumplía con las especificaciones técnicas establecidas en las bases, relacionada específicamente a la característica de “correa de nuca desmontable”.

Además de no verificar los documentos de presentación obligatoria tampoco determinaron si las ofertas recibidas respondían a las características y/o requisitos funcionales solicitadas.

A estas situaciones, se suma que antes de que se otorgara la adjudicación, el comité de selección recibió una comunicación escrita, con el logo de la empresa de cascos ofertados, en la que se advertía que solo comercializaban sus productos a través de distribuidores autorizados, no siendo dicho postor su distribuidor en el país; información que alertaba sobre la imposibilidad de que el postor entregue los bienes, pero que, sin embargo, no fue diligenciada para su corroboración.

Contrato no pudo cumplirse

Pese a estas situaciones, el comité de selección otorgó la buena pro al postor, el mismo que siete días después de la firma del contrato, comunicó que no podía entregar la muestra del producto porque la empresa internacional le negó los cascos al no ser su representante oficial en el Perú.

En enero de 2020, a ocho días del vencimiento de 76 días para la entrega de los cascos de seguridad, el postor solicitó la resolución alegando causal de fuerza mayor lo que conllevó a que se concluya por incumplimiento injustificado.

Esta situación obligó a que finalmente, en octubre de 2020, se otorgue la buena pro al postor que ocupó el segundo lugar.

Otra situación identificada es que el director de la Oficina de Abastecimientos derivó el procedimiento de selección concluido a profesionales sin vínculo laboral con la entidad, que no alertaron sobre el riesgo de suscribir un contrato con un postor que no era representante de la firma vendedora de cascos, hecho que posibilitó se suscriba el contrato.

La Contraloría recomendó al titular del Mininter para adoptar las acciones pertinentes para el deslinde de responsabilidades que correspondan, y a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, iniciar las acciones penales contra los presuntos responsables.


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