La Corte IDH dispuso que justicia constitucional peruana realice control del indulto humanitario a Alberto Fujimori.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) pidió que la justicia constitucional peruana realice control del indulto humanitario otorgado al expresidente Alberto Fujimori. Asimismo, dispuso que a más tardar el 29 de octubre de 2018 se informe sobre estos avances.
Para la Corte IDH, la “jurisdicción constitucional podría realizar un control del “indulto por razones humanitarias” otorgado a Alberto Fujimori, en ejercicio de sus facultades de supervisión”.
“De ser necesario, este Tribunal podrá realizar un pronunciamiento posterior sobre si lo actuado a nivel interno es acorde o no a lo ordenado en la Sentencia o constituye un obstáculo para el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar en los dos referidos casos por no adecuarse a los estándares indicados e impedir indebidamente la ejecución de la sanción fijada por sentencia penal”, indica la resolución en su consideración 64.
Supervisión de cumplimiento
Los jueces interamericanos aseguraron que corresponde a las autoridades nacionales "analizar si el ordenamiento jurídico peruano prevé otras medidas que, sin implicar un perdón de la pena por el Ejecutivo, permitan proteger la vida e integridad de Alberto Fujimori, condenado por graves violaciones a los derechos humanos, en caso de que realmente su situación de salud y condiciones de detención pongan en peligro su vida".
La Corte IDH acordó también "mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento" de otras medidas de reparación por las matanzas en Perú.
Entre ellas mencionó el deber de investigar los hechos para determinar a las personas responsables de las violaciones de derechos humanos cometidas, así como el pago de indemnizaciones adeudadas a familiares de algunas de las víctimas.
Serios cuestionamientos
La Corte aseguró que "de ser necesario, podrá realizar un pronunciamiento posterior sobre si lo actuado a nivel interno en Perú es acorde o no a lo ordenado en la sentencia o constituye un obstáculo para su cumplimiento".
Los jueces también reconocen que "existen serios cuestionamientos relativos al cumplimiento de los requisitos jurídicos estipulados en el derecho peruano para otorgar dicho indulto por razones humanitarias" y que deberán ser aclarados por la jurisdicción constitucional.
La antesala
El domingo 24 de diciembre, a las 6 de la tarde de la víspera de Navidad, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó el indulto humanitario a Alberto Fujimori, que había sido condenado a 25 años de prisión por diversos casos de corrupción, usurpación de funciones, por ser autor mediato de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, y por los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.
La liberación de Fujimori provocó protestas en los días siguientes en Lima y otras ciudades del país. PPK negó que haya sido como consecuencia de la abstención de voto de diez congresistas fujimoristas, liderados por Kenji Fujimori, que lo salvaron del primer proceso de vacancia.
Familiares de las víctimas pidieron a la Corte IDH revertir el indulto a favor del expresidente, por considerar que se trató de un "pacto político".
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