El Ministerio Público amplió la investigación al expresidente a 36 meses e involucra a 31 personas.
El Ministerio Público investiga al expresidente Alan García como el líder de una presunta organización criminal, según un reportaje de La República. La pesquizas se realizan bajo la reciente Ley contra el crimen organizado. En RPP Noticias te explicamos en qué consiste esta.
La Ley contra el crimen organizado o Ley Nº 30077 fue promulgada el 19 de agosto del año 2013, durante el gobierno de Ollanta Humala Tasso, y publicada un día después en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Estos rasgos definen a una organización criminal, según una exposición de Carlos Alberto Franco Alzamora, fiscal Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada (Corporativo) de Santa.
1. Tiene una organización de configuración piramidal con niveles estratégicos y operativos.
2. Tiene un mando central con capacidad decisoria.
3. Presenta un complejo grado de organización.
4. Es estable y sus miembros son permanentes.
5. Su objetivo principal es el beneficio económico.
6. No le interesa el delito de por sí, pero sí obtener la mayor ganancia a través de este.
En el caso de Alan García, La República afirma que la presunta organización criminal involucra a 31 personas con tres niveles de testaferros o "cuadros de confianza".
Técnicas especiales de investigación
Para el esclarecimiento de los hechos materia de investigación se pueden aplicar las siguientes técnicas especiales, previa resolución judicial de autorización: interceptación postal e intervención de las comunicaciones.
El trámite y realización de estas medidas tienen carácter reservado e inmediato.
Medidas limitativas de derechos
El juez, a solicitud del fiscal, puede ordenar de forma reservada e inmediata el levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil.
Agravantes especiales
El juez aumentará la pena hasta en una tercera parte por encima del máximo legal fijado por el delito cometido, sin que en ningún caso pueda exceder los 35 años, por ejemplo si el agente es líder, jefe o cabecilla o ejerce funciones de administración, dirección y supervisión de la organización criminal, o si el agente criminal financia la organización.
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